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Hola..
Precisamente acabo de leer, en la pagina del Lic, un articulo relacionado a este mismo.
Pero en lo que comenta JJ, me queda una duda:
Dice que tengo que darlo de baja hasta que la JLCYA le notifique (o al menos asi lo interprete); que pasa si esa notificacion le llega al trabajador hasta 15 dias despues, o un mes, etc. Tengo que pagar forzosamente las cuotas del IMSS, SAR e Infiernavit??
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