Cito textual, con algunos destacados mios el art. 33 de LFT;
Artículo 33.- Es nula la renuncia que los trabajadores hagan de los salarios devengados, de las indemnizaciones y demás prestaciones que deriven de los servicios prestados, cualquiera que sea laforma o denominación que se le dé.
Todo convenio o liquidación, para ser válido, deberá hacerse por escrito y contener una relación circunstanciada de los hechos que lo motiven y de los derechos comprendidos en él. Será ratificado ante la Junta de Conciliación y Arbitraje, la que lo aprobará siempre que no contenga renuncia de los derechos de los trabajadores.
Como ya te expusieron quienes me antecedieron en el uso de este espacio, es obligacion patronal afiliarle al IMSS al trabajador, no hay margen de maniobra, si es tu trabajador, es tu obligacion afiliarle al IMSS, sin importar el nombre que lleguen a sugerirte le des a los pagos que les realices por sus servicios...
Del problema que el tiene con el INFONAVIT, es suyo de El, no tiene porque hacerlo suyo de ustedes...
Queda dicho pues, los derechos de los trabajadores son irrenunciables, imaginate la siguiente escena en su casa (esa que le debe a INFONAVIT y con el que tiene bronca) y en la que a lo mejor tiene una domadora igual que la que tengo yo en mi hogar.
- Fulanito: Mi vida, ya llegue, consegui el trabajo que queria y sabes, les dije que no queria que me dieran de alta en el IMSS.
- Domadora: ¿que pediste que?, !que estas p...! y si necesito que te operen de los \"destos\", y si ocupamos conseguir una incapacidad fantasma para que faltes de vez en cuando... !ah no! que dijo tu nuevo patroncito, !este me conviene!, quiza a el si, pero a mi no... asi que mañana voy y le exijo que te de de alta, total ya vi en
www.aportacionesfiscales.com
que es su obligacion y que tu no puedes renunciar a tus derechos...
Saludos.
Pdta.- Quiza y no tiene domadora, pero pues viene bien el ensayo de guion teatral para ejemplificar lo que en un extremo puede darse.