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    Rectificación de la Prima de Riesgo de Trabajo.

    14 Nov 2007 17:08 #18605 por congresista
    El patrón tienela siguiente actividad \" COMPRAVENTA DE JOYERIA Y RELOJERIA Y SERVICIOS DE REPARACION \", inicialmente se autoclasificó en la clase y fraccion siguiente: I 624 Expendios de ventas al menudeo de artículos de uso personal.
    Comprende a las empresas que se dedican a la compra y
    expendio al menudeo de anteojos, juguetes, instrumentos
    musicales, relojes, artículos de platería y joyería, petacas, baúles... etc. La autoridad rectifica y dice que debe de estar en la calse II fraccion 392 que dice: Fabricación, montaje y/o ensamble de relojes, joyas, artículos de
    orfebrería y fantasía.
    Comprende a las empresas que se dedican a la fabricación,
    montaje y/o ensamble de relojes, joyas, artículos de orfebrería... etc.

    con esta clase y fraccion sin duda que el patrón pagará mas por el aumento de la prima; debo de pagar diferencia a efectos evitar requerimientos? o que sugieren colegas?

    atte
    el congresista.

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    14 Nov 2007 18:16 #18609 por ARMANDOF
    BUENAS TARDES CONGRESISTA:

    A MI PARECER LA CLASIFICACION INICIAL ES LA CORRECTA, PUESTO QUE LA QUE TE RECTIFICA EL IMSS ES FABRICACION Y TU NO FABRICAS RELOJES: LOS VENDES Y REPARAS.
    A RESERVA DE MEJOR OPINION DE ALGUNO DE LOS EXPERTOS DEL FORO MI RECOMENDACION ES QUE INTERPONGAS EL RECURSO DE INCONFORMIDAD DEL ART 294 DE LA LEY DEL IMSS Y QUE TIENE SU PROPIO REGLAMENTO, PERO LA INTERPOSICION DE ESTE TIENE PLAZO, PARA QUE SI TODAVIA ESTAS EN PLAZO, LO ELABORES Y PRESENTES A LA BREVEDAD, EL PATRON NO TIENE POR QUE PAGAR MAS DE LO LEGALMENTE NECESARIO.

    SALUDOS

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    14 Nov 2007 18:29 #18610 por CPHugoocejo
    congresista


    lo que menciona Armando es correcto, y mas cuando te dice...\" la interposicion de este tiene su plazo, es decir, el medio de defensa, en este caso del recurso de incorformidad tiene su plazo para presentarlo y ...solo que para enterarlo ante la autoridad correspondiente sugiero que lo veas con un abogado...porque sencillamente esa area no es de nosotros los contadores...


    saludos

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