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    Guarderias, recepcion de hijos, limitantes, ¿que?

    28 Nov 2007 14:09 #19048 por sosgtorreon
    Le preguntan a un amigo el angustiado esposo-trabajador de una no menos angustiada futura madre-trabajadora; Cuando ella se incapacite por maternidad, de su segundo bebe, -en dos semanas, mas o menos-, ¿en la guarderia le van a continuar recibiendo a su primer hija?...

    Lo que sucede es que hoy dia las guarderias tan pronto la madre-trabajadora deja de tener vigentes sus derechos (baja en el sistema) se les deja de recibir a los hijos, igual suerte se corre cuando se esta de vacaciones... Todo bajo el argumento -cierto y valido- de que si la madre va a estar en casa, puede cuidar a su hija(o).

    En la guarderia le informan que si se le incapacita para efectos de su sistema es como si ella estuviera dada de baja, y que toda vez que no va a estar trabajando, si no en casa, ella puede cuidar a su hija, por lo tanto no se la van a recibir... ¿es cierto?, digo, ¿si esta incapacitada para trabajar que no igualmente esta incapacitada para cuidar a la hija?...

    Ahora bien, el personal de la guarderia le informa que eso sucede al margen del tipo de incapacidad... ya me imagino, incapacitada por RT, probable fractura de un brazo o pierna, y que le digan que como no esta trabajando, puede cuidar a su hija...

    ¿me ayudan a orientar a este amigo, de un esposo de una madre trabajadora?...

    Ando buscando el reglamento de guarderias, pero no he dado con el...

    Gracias por anticipado.

    Saludos.

    Pdta.- Por cierto, a un sobrino actualmente no lo reciben en la guarderia por que tiene varisela y puede contagiar al resto de niños, como si no se la hubieran contagiado a el primero.

    Saludos.



    sos al sos .

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    28 Nov 2007 14:46 #19052 por Luis
    Hola Sosgtorreon:

    Un placer saludarte, lamentablemente aplican en forma inadecuada las disposiciones en tales lugares, en el caso de tu sobrino el art. 33 y 34, ojala te pueda servir el siguiente link:


    www.imss.gob.mx/IMSS/IMSS/IMSS_REG/regla...os/SER_GUAR/home.htm

    Saludos y estoy a tus ordenes.:)

    Muestrenme un impuesto que no cause problemas y les diré que es algo que no es, no ha sido y nunca será.

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    29 Nov 2007 06:04 #19081 por pepesoto
    :side: Buenas noches SOS.
    En efecto, x normatividad interna de las guarderias, cuando por cualquier circunstancia, el beneficiario (trabajadora o trabajador), este de vacaciones o no asista a laborar o su peque esté enfermo, no se lo reciben en la guarderia. Habria que checar de todas formas, si e el reglamento esta señalado algo de eso, casi seguro que no, pero x si las moscas, leerlo.

    Salutes,
    El Lic.

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    29 Nov 2007 13:42 #19084 por sosgtorreon
    Luis, Lic, gracias, ya descargue el reglamento de su pagina Lic, igualmente di lectura a los articulos que Luis sugirio, pero...

    A mi sobrino ni quien lo salve de quedarse en casa, dispuesto en reglamento, ademas de entendible la postura por logica, si va con un resfriado la idea sensata es que no se los contagie a los demas (sin importar si hubo uno que se lo haya contagiado a el), la idea es no propagar el virus... lo entiendo aunque me de risa, al pobre enano seguro le pegaron la varisela en la guarderia... digo, a sus dos años no tiene mucha actividad social que digamos... pero en fin, entendible y reglamentado, sin nada que objetar...

    Ya vi el reglamento, la trabajadora (voy a hablar preponderantemente en sexo femenino por ser mujer la involucrada en el caso que se me planteo) tiene obligacion de notificar dias de vacaciones, horario de trabajo, cambio de domicilio... Por ello hace un mes mi sobrino no asistio a la guarderia una semana, vacaciones de mi hermana...

    Pero lo que no viene en el reglamento, o al menos yo no lo vi, es que si la trabajadora esta incapacitada se le suspenda el servicio de guarderia... Esto si que no es logico, ya dije que entiendo la logica de no aceptar a un niño enfermo, pero la logica la veo ausente al momento de no aceptar al niño de una trabajadora incapacitada...

    Vamos, eso es tan ilogico como que a una mujer que tiene incapacidad por embarazo en INFONAVIT le interrumpen su cotizacion continuada o permanencia laboral...

    Y es por demas absurdo, toda vez que en el caso que platico, la trabajadora va a estar incapacitada por embarazo... entonces tiene que cuidar a una bebe recien nacida y a una de dos años... sigo investigando, pero me parece que me van a matar con una normatividad interna de la guarderia...

    Saludos.

    Saludos.



    sos al sos .

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