BUENAS TARDES, DISCULPEN LA MOLESTIA, TENGO UNA DUDA AL RESPECTO, ¿TENGO UN CONTRIBUYENTE QUE DIO DE ALTA A SUS TRABAJADORES EL 24 DE ENERO DE 2007, TENGO LA OBLIGACION DE PRESENTAR LA ANUAL DE RIESGO DE TRABAJO?
Art 32 Fracc IV RIMSS
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Si se trata de empresas de reciente registro en el Instituto o que hayan
cambiado de actividad, en los términos de los artículos 26 y 28 de este
Reglamento, la disminución o aumento de la prima procederá atendiendo a
lo dispuesto por las fracciones I y II anteriores, considerando los casos
de riesgos de trabajo terminados, hasta que hayan completado un periodo
anual del primero de enero al treinta y uno de diciembre;[/code:1]