Ojo.... es a partir de los pagos correspondientes al mes de Marzo... no lo que pagues en dicho mes.
Estamos a la espera de saber como lo va a manejar el IMSS, lo mas seguro es que sea mediante una Nota de Credito.
ARTÍCULO PRIMERO.- Se exime parcialmente del pago de una cantidad equivalente al cinco por ciento de la parte de las [b]cuotas obrero patronales previstas en la Ley del Seguro Social a cargo de los patrones, que se causen a partir del 1 de marzo de 2008[/b], correspondientes a los seguros de Riesgos de Trabajo, Enfermedades y Maternidad, Invalidez y Vida, y de Guarderías y Prestaciones Sociales, siempre que se cumpla con lo dispuesto en el presente Decreto.