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    Salario Base de Cotizacion

    21 Mar 2008 03:11 #24696 por congresista
    saludos;

    una pregunta: si un trabajador se separa voluntariamente despues de 4 años de estar laborando cotizando para el seguro con un factor de integracion de 1.0493, al contratarlo nuevamente despues de un tiempo, con que factor se debe de integrar su salario con la de 1.0452 como si fuera un trabajador nuevo para la empresa o con el factor que tenia cuando se fue voluntariamente.

    espero sus comentarios

    atte
    congresista

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    21 Mar 2008 03:51 #24698 por JULIO ALCOCER
    Respuesta de JULIO ALCOCER sobre el tema Re: Salario Base de Cotizacion
    Hola CONGRESISTA Buena Noche:

    Si hubo una Terminación de Trabajo, se efectuó el Finiquito correspondiente.

    Al Contratar nuevamente al trabajador vuelve a iniciar OTRA Relación de Trabajo TOTALMENTE INDEPENDIENTE de la anterior, la antiguedad vuelve a iniciar, para efecto de determinar las prestaciones a que pudiera llegar a tener el Trabajador con el paso del Tiempo.

    Por lo tanto es correcto que se utilice el Factor de Integración de 1.0452 partiendo de la base que se pagan solo las prestaciones de Ley.

    SALUDOS.

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    24 Mar 2008 14:41 #24726 por gaboaranda
    Respuesta de gaboaranda sobre el tema Re: Salario Base de Cotizacion
    Hola solo complementado!!

    JULIO ALCOCER escribió:

    Hola CONGRESISTA Buena Noche:

    Por lo tanto es correcto que se utilice el Factor de Integración de 1.0452 partiendo de la base que se pagan solo las prestaciones de Ley.

    SALUDOS.


    ESta es la clave depende la prestaciones que tenga al momento de la recontratacion que el factor que determina su integracion

    saludos

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    24 Mar 2008 19:03 #24745 por ByPaco
    Respuesta de ByPaco sobre el tema Re: Salario Base de Cotizacion
    JULIO ALCOCER escribió:

    Hola CONGRESISTA Buena Noche:

    Si hubo una Terminación de Trabajo, se efectuó el Finiquito correspondiente.

    Al Contratar nuevamente al trabajador vuelve a iniciar OTRA Relación de Trabajo TOTALMENTE INDEPENDIENTE de la anterior, la antiguedad vuelve a iniciar, para efecto de determinar las prestaciones a que pudiera llegar a tener el Trabajador con el paso del Tiempo.

    Por lo tanto es correcto que se utilice el Factor de Integración de 1.0452 partiendo de la base que se pagan solo las prestaciones de Ley.

    SALUDOS.


    Y si no se liquidó, ¿Cuanto tiene que pasar para considerar el factor mínimo?

    « Antes de que los reinos cambien, los hombres deberán cambiar »

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    25 Mar 2008 06:18 #24776 por pepesoto
    Respuesta de pepesoto sobre el tema Re: Salario Base de Cotizacion
    :side: Buenas noches. Asi es ByPaco. El pago o no pago del finiquito es irrelevante. La clave es: Que se trate de una nueva relacion de trabajo.

    Salutes,
    El Lic.

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