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    Determinacion de prima de riesgo por IMSS

    07 Abr 2008 16:47 #25337 por Bety26
    Hola buen día:

    Una emresa determinó su prima de risgo, la cual no varió y por lo tanto no se presentó, puesto que siguió igual (0.5000%)

    El dia de hoy notificaron la prima de riesgo calculada por el IMSS por haber omitido presentarla.

    Revizando la prima de riego que determinó el IMSS hay 18 días subsidiados a causa de incapacidad temporal. Investigando el porqué de esos días, resultó de que una persona tenia posible riesgo de trabajo, pero nunca se le dio seguinmiento para ver en que quedo eso. Por lo tanto el IMSS lo puso como riesgo y por eso determinó la prima de 1.44521%.

    Mi pregunta es: Ya no tenemos que presentar la prima de riesgo porque el IMSS ya la determinó?

    Va a llegar alguna multa por no haberla presentado? (No se presento por que no se contaba con ese posibloe riesgo y no vario la prima)

    O que propcede hacer?

    Espero me puedan ayudar y agradezco sus atenciones!!

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    07 Abr 2008 17:08 #25341 por Bety26
    Leyendo la consulta de cpreyes concluyo que va a llegar la multa, que ya no se tiene que hacer nada mas que pagar UPS; pero tengo otra duda, se supo ya que fue posible riesgo pero no se sabía si terminó como riesgo de trabajo de todas maneras se debio de mmm determinar la prima con esos dias como riesgo, aunque no se haya sabido que onda?

    El patron tiene que ir al IMSS para ver que pasa con los posibles riesgos de trabajo o el trabajador es quien tiene que informarle al patrón?

    Gracias!!

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    07 Abr 2008 17:45 #25343 por Daniel_Gtz
    Bety26 escribió:

    ....

    El patron tiene que ir al IMSS para ver que pasa con los posibles riesgos de trabajo o el trabajador es quien tiene que informarle al patrón?

    Gracias!!


    Hola...

    Se supone que cuando un trabajador tuvo algun accidente de trabajao, le lleva al patron el formato ST-1 o ST-7 (Proximamente solo el ST-7). El patron lo debe de llenar y entregarselo al trabajdor. Este ultimo lo lleva a su clinica, y se lo califican. Una vez calificado el accidente, el trabajador DEBE de llevar la copia del patron a este, junto con las incapacidades. Una vez que le den la ultima incapacidad al trabajador, le deben de expedir el formato ST-2, que es el alta medica. Sin este documento el trabajador NO PODRA NI DEBERA regresar al trabajo.

    Ahora bien, si el trabajador no entrega nada de papeleria, es posible que el Patron la busque, averiguando cual es la clinica que le corresponde al trabajador y solicitarla con un escrito libre dirigido al director de la clinica.

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    08 Abr 2008 04:52 #25399 por pepesoto
    :dry: Buenas noches. Un posible RT es eso: "posible". El patrón está obligado a darle seguimiento a sus "posibles" RT's, para salir de dudas. Eso, se sugiere hacerlo ANTES de febrero. No lo hicieron: Multa. Cuando se las entregarán? El imss tiene 5 laaaaargos años para hacerlo.

    Suerte,
    El Lic.

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