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    CREDITO DEL INFONAVIT

    07 May 2008 06:36 #26906 por congresista
    CUANDO EXISTE UNA REALCION LABORAL DEL TRABAJADOR TITULAR DEL CREDITO CONTRATADO CON EL INFONAVIT, ES EL PATRON EL QUE SE OBLIGA A RETENERLE EL CITADO CREDITO PARA ENTERARLO DE MANERA CONJUNTA CON LAS APORTACIONES QUE LE CORRESPONDE PAGAR EN SU CARACTER DE PATRON ANTE EL IMSS E INFONAVIT. ES ESTA MI ASEVERACION Y CRITERIO, otro colega y un abogado supuestamente le estan restructurando el citado credito,por lo que no quiere que el patron les retenga de lo que le toca el trabajador pagar para ir amortizando su credito; colegas es esto posible yose que mientras exita la relacion laboral, es el patron quien debe retener y pagar al infonavit.

    espero sugerencia y comentarios al respecto.

    nota: el trabajador argumenta que es mucho lo que se le retiene, y el otro contador le ha sonseguido por internet que pague el trabajador la cantidad de $ 1,000.00 bimestral( yo le he comentado que este pago es adicional a su credito nada tiene que ver)

    atte.
    el congresista

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    07 May 2008 07:04 #26908 por Armando_Oasis
    Respuesta de Armando_Oasis sobre el tema Re: CREDITO DEL INFONAVIT
    congresista escribió:

    CUANDO EXISTE UNA REALCION LABORAL DEL TRABAJADOR TITULAR DEL CREDITO CONTRATADO CON EL INFONAVIT, ES EL PATRON EL QUE SE OBLIGA A RETENERLE EL CITADO CREDITO PARA ENTERARLO DE MANERA CONJUNTA CON LAS APORTACIONES QUE LE CORRESPONDE PAGAR EN SU CARACTER DE PATRON ANTE EL IMSS E INFONAVIT. ES ESTA MI ASEVERACION Y CRITERIO, otro colega y un abogado supuestamente le estan restructurando el citado credito,por lo que no quiere que el patron les retenga de lo que le toca el trabajador pagar para ir amortizando su credito; colegas es esto posible yose que mientras exita la relacion laboral, es el patron quien debe retener y pagar al infonavit.

    espero sugerencia y comentarios al respecto.

    nota: el trabajador argumenta que es mucho lo que se le retiene, y el otro contador le ha sonseguido por internet que pague el trabajador la cantidad de $ 1,000.00 bimestral( yo le he comentado que este pago es adicional a su credito nada tiene que ver)

    atte.
    el congresista


    Congresista,cabe preguntar, el patrón ya fue notificado por el infonavit, ya sea mediante el aviso de retención o a traves de la cédula de determinación que emite conjuntamente con el inseguro...???

    De ser asì, sin duda que el patròn es el obligado a retenerle las amortizaciones al trabajador, aun sin que a este le parezca, ya que de no hacerlo de esta forma, el patròn se convierte en solidario responsable del pago de ese crédito a cargo del trabajador.

    Hace exactamente 15 días, se tuvo que negociar con el infonavit algo similar a lo que planteas, ya que un trabajador era titular de un credito de vivienda y sin embargo, ni le avisò al patròn cuando ingreso a trabajar que tenìa el crédito, ni el infonavit tampoco notificó al patrón de forma alguna que tenía que retenerle las amortizaciones correspondientes, total, que ya se debían como 12 bimestres y el patròn ni por enterado.

    El detalle es que el infonavit detectò esta irregularidad y querìa fincarle responsabilidad al patròn, pero se pudo demostrar que no existìa notificación alguna que lo obligara a retener cantidad alguna, se negocio para que el instituto le diera oportunidad al trabajador de ponerse al corriente con lo atrasado y a partir de la fecha el patròn le empezò a retener, previa notificación por escrito del infonavit.

    Es común que en algunos casos, cuando un trabajador pretende adquirir un crédito, de acuerdo con el patròn se le incrementa el salario para que pueda ser sujeto a un monto mayor, ya que la generalidad de las veces los salarios son bajos, cuando existe esta situaciòn y se logra el objetivo, el instituto casi por lo regular fija las retenciones en cuota fija, pues los salarios son altos, luego sucede que el trabajador por lo que quieras y gustes deja de trabajar para ese patròn, se va a otra lado a trabajar o simplemente paga directamente al instituto las amortizaciones, pero estas ya quedaron fijas en una cantidad, y simplemente a veces ya no puede pagar o no quiere seguir pagando amortizaciones altas, entonces recurren a lo que planteas, pero veo dificil que el infonavit le otorgue esa facilidad, màs no es imposible...

    Quizá de alguna forma hayan podido negociar con el infonavit de esa manera, pero cuando detecten esa irregularidad, de una forma u otra van a querer cobrar las diferencias...

    ¡¡Dios siempre estará contigo...sin importarle como seas!!

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    07 May 2008 14:10 #26911 por sosgtorreon
    Respuesta de sosgtorreon sobre el tema Re: CREDITO DEL INFONAVIT
    Pues no solo es tu aseveracion y criterio, si no que es lo dispuesto en Ley, y si como dicen la Ley es de observancia obligatoria, luego entonces hay que cumplirla... sirve como referencia legal lo siguiente que se contiene en LINFONAVIT;

    Artículo 29.- Son obligaciones de los patrones:

    III.- Hacer los descuentos a sus trabajadores en sus salarios, conforme a lo previsto en los artículos 97 y 110 de la Ley Federal del Trabajo, que se destinen al pago de abonos para cubrir
    préstamos otorgados por el Instituto
    , así como enterar el importe de dichos descuentos en las entidades receptoras que actúen por cuenta y orden del Instituto, en la forma y términos que establece esta Ley y sus disposiciones reglamentarias. La integración y cálculo de la base salarial para efectos de los descuentos será la contenida en la fracción II del presente artículo.

    A fin de que el Instituto pueda individualizar dichos descuentos, los patrones deberán proporcionarle la información relativa a cada trabajador en la forma y periodicidad que al efecto establezcan esta Ley y sus disposiciones reglamentarias;


    Por cierto, no esta demas revisar el 30 del mismo ordenamiento.

    Si el trabajador tiene un credito y su descuento se pacto en cuota fija en veces salarios minimos y por virtud de su actual ingreso le resulta excesivo el monto a pagar puede solicitar una restructuracion de su credito, para que el factor de descuento sea modificado y se notifique dicha modificacion al patron... pero eso de "no me retengas porque yo voy a pagar" si no hay un oficio por parte de la autoridad que lo avale no vale...

    Probablemente el trabajador estuvo algun tiempo sin trabajo y no realizo sus pagos y por ello el INFONAVIT a girado su caso a los abogados externos que contrata, ellos le sugieren restructurar y empezar a pagar lo atrasado... de hay puede el trabajador estar intentando colgarse, haber celebrado un convenio para pagar lo atrasado, pero uno cosa es su adeudo anterior a su actual relacion de trabajo y otra las obligaciones patronales...

    Reitero, si no hay un comunicado oficial de por medio en el que se libere expresamente al patron de realizar los descuentos a que le obliga el 29-III de LINFONAVIT, no ha lugar la peticion, el patron debe cumplir la Ley, para poder exigir ser juzgado en base a ella.

    Saludos.



    sos al sos .

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    07 May 2008 15:03 #26916 por congresista
    Respuesta de congresista sobre el tema Re: CREDITO DEL INFONAVIT
    gracias colegas, sus comentarios son de mucha ayuda.

    me queda claro que el patron es obligado solidario en relacion del crdito del infonavit.

    atte

    congresista

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    07 May 2008 15:34 #26920 por ramiro9
    Respuesta de ramiro9 sobre el tema Re: CREDITO DEL INFONAVIT
    Hola congresista

    revisa este otro topico

    click en la carita :woohoo:

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