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La ley dice que a un empleado con incapacidad no se le pude dar de baja, aunque tambien establece la obligacion de darle a la asegurada de darle segun lo marca la LFT descanso por 6 semanas anteriores y posteriores al parto.
Yo en lo personal te sugeririra mandaras un escrito a la clinica en que asiste la trabajadora solicitando los ultimos movimientos o incapacidades de ella y con ese ampararte.
Digo que te paguen 42 dias sin trabajarlos, no cualquiera los desprecia
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