- Mensajes: 174
- Karma: 1
- Gracias recibidas: 0
Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.
Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.
Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.
Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.
BUEN DIA COMPAÑEROS, ALGUIEN PUDIERA ORIENTARME SOBRE LA SUSTITUCION PATRONAL, ES DECIR CAMBIAR A LOS TRABAJADORES DE UN REGISTRO A OTRO SIN PERDER SU ANTIGUEDAD, QUE REQUISISTOS Y FORMATOS SE NECESITAN PÀRA PODER REALIZARLO.
SALUDOS
Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.
CRUZAL78 escribió:
BUEN DIA COMPAÑEROS, ALGUIEN PUDIERA ORIENTARME SOBRE LA SUSTITUCION PATRONAL, ES DECIR CAMBIAR A LOS TRABAJADORES DE UN REGISTRO A OTRO SIN PERDER SU ANTIGUEDAD, QUE REQUISISTOS Y FORMATOS SE NECESITAN PÀRA PODER REALIZARLO.
SALUDOS
En primer lugar se le sugiere una lectura a la sugerencia de Daniel y al numeral 290 de la LIMSS,para saber que criterio debemos aplicar sobre la figura como tal,bien pudiera ser que lo que usted pretende hacer no se pueda configurar como SUSTITUCION PATRONAL si no se da esta figura estaremos ante un simple traspaso de personal entre empresas de grupo,y en este sentido se le tendrian que liquidar sus prestaciones a los trabajadores.
Por supuesto se puede convenir con los trabajadores "presumiendo" la sustitucion con un convenio en terminos de los numerales 31,33,41,693,697 y 987 de la Ley Federal del Trabajo todo bajo la supervision de un Abogado Laboral.
Recordemos que se le debe de dar aviso a los trabajadores en caso de no hacerlo el sustituido sigue siendo solidariamente responsable.
Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.
Hay 480 invitados y un miembro en línea