Hola Cassal:
Un placer saludarte, de entrada seria importante que solicite su reconocimiento de semanas cotizadas en la oficina de prestaciones econòmicas de la subdelegaciòn del Imss correspondiente, por otra parte es importante que evalùe bajo que opciòn le conviene mas pensionarse si bajo el règimen de 1973 o el actual (1997), para que te des una idea, expongo un pequeño calculo bajo el règimen anterior:
para determinar la cuantía básica anual de la pensión y sus incrementos, se considerara como salario diario el promedio correspondiente a las últimas doscientas cincuenta semanas de cotizaciones (5 años).
el salario diario que resulte, se expresara en veces el salario mínimo general en el distrito federal vigente en la fecha en que el asegurado se pensione, a fin de determinar el grupo o renglón de la tabla en que el propio asegurado se encuentre. (articulo 167). se anexa tabla.
la pensión de invalidez, vejez y cesantía en edad avanzada incluyendo las asignaciones familiares y ayuda asistencial que en su caso correspondan, no podrá ser inferior al 100% del salario mínimo general que rija para el distrito federal. (articulo 168, reformado el 1o. de junio de 1994, vigente a partir del 1o. de enero de 1995).
para determinar anualmente el cálculo en dinero de una pensión de cesantía en edad avanzada, se considera que al cumplir el asegurado los sesenta años de edad es el momento en que se adquiere el derecho a recibir la pensión por cesantía. la cuantía de esta, se expresara en porcentaje de la cuantía de la pensión de vejez que le hubiera correspondido de haber alcanzado 65 años de edad. (articulo 171) del que se reproduce tabla.
años cumplidos en la fecha en que se adquiere el derecho a recibir
la pensión porcentaje
60 75%
61 80%
62 85%
63 90%
64 95%
a continuación cito un ejemplo.
trabajador con edad de 60 años.
total semanas cotizadas 1500
salario mínimo $52.59 general del distrito federal
salario de los últimos cinco años: (250 semanas cotizadas al imss)
100.00
110.00
120.00
130.00
140.00
$ 600.00 / 5 = $120.00 salario promedio.
total de semanas cotizadas efectuadas: 1500
total de cotizaciones semanales reconocidas con posterioridad a las primeras
quinientas.
1500 - 500 = 1,000 semanas reconocidas.
1000 / 52 semanas = 19.2 (19 años) reconocidos
$120.00 salario promedio / $52.59 smgdf = 2.2818
para este ejemplo la tabla o renglón es de 2.26 a 2.50 y la cuantía básica es de 33.68% y el incremento anual a la misma es de 1.868%
por lo tanto:
sal. prom. $120.00 x cb.33.68%=$40.41 diarios x 365 días = $14,751.84 anuales (c. b.)
sal. prom. $120.00 x inc. a. c. b. 1.868%=$2.24 x 365 días = $818.18 x 19 años =$15,545.50 inc. ac. b
.
cuantía básica incremento a. c. b.
60 años de edad es el 75% (art. 171)
asignación familiar es el 15% (art. 164) (esposa ó concubina)
$14,751.84
$15,545.50
$30,297.34
75%
$22,723.00 + 3,408.45 = $26,131.45
anual $26,131.45 /12 meses = $2,177.62
$2,177.62
recibirá mensualmente el pensionado
.
tabla
grupo de salario en veces el salario minimo general para el distrito federal cuantia basica % incremento anual %
hasta 1 80.00 0.563
de 1.01 a 1.25 77.11 0.814
de 1.26 a1.50 58.18 1.178
de 1.51 a 1.75 49.23 1.430
de 1.76 a 2.00 42.67 1.615
de 2.01 a 2.25 37.65 1.756
de 2.26 a 2.50 33.68 1.868
de 2.51 a 2.75 30.48 1.958
de 2.76 a 3.00 27.83 2.033
de 3.01 a 3.25 25.60 2.096
de 3.26 a 3.50 23.70 2.149
de 3.51 a 3.75 22.07 2.195
de 3.76 a 4.00 20.65 2.235
de 4.01 a 4.25 19.39 2.271
de 4.26 a 4.50 18.29 2.301
de 4.51 a 4.75 17.30 2.330
de 4.76 a 5.00 16.41 2.355
de 5.01 a 5.25 15.61 2.377
de 5.26 a 5.50 14.88 2.398
de 5.51 a 5.75 14.22 2.416
de 5.76 a 6.00 13.62 2.433
de 6.01 limite 13.00 2.450
superior establecido
abreviaturas:
sal.prom. =salario promedio
cb = cuantia basica
inc.ac.b. = incremento anual a cuantia basica
smgdf = salario minimo del distrito federal
fuera recomendable que este ejercicio lo realizaran consultando la ley del seguro social, y por supuesto lo que tendrian que hacer es solo sustituir los datos que ustedes tengan en la realidad. esperamos que sea de utilidad este ejercicio
Eso serìa bajo la aplicaciòn anterior, la actual se rige bajo calculos actuariales y en la afore correspondiente le señaran la aplicaciòn correspondiente, un calculo de cuanto tendrìa al final de su vida laboral lo puedes encontrar en el siguiente link:
www.consar.gob.mx/calculadoraV4/DatosIMSS.asp
Como podràs observar el tema es extenso pero es conveniente que recabes la mayor informaciòn en beneficio de este asegurado.
Saludos y estoy a tus ordenes.