Saludos buen dia, al final de cuentas tendre que pagar las diferencias por decreto que no me aplicaban por el credito adeudado del 2005 y fue notificado, pero como dicen los compañeros foristas nunca lo pasaron al area correspondiente, mi pregunta es si dichas diferencias del IMSS Son deducibles y si puedo registrarlas en este mes de agosto.....?
Saludos buen dia, al final de cuentas tendre que pagar las diferencias por decreto que no me aplicaban por el credito adeudado del 2005 y fue notificado, pero como dicen los compañeros foristas nunca lo pasaron al area correspondiente, mi pregunta es si dichas diferencias del IMSS Son deducibles y si puedo registrarlas en este mes de agosto.....?
saludos
HOLA BUENAS TARDES, A MI PARECER SI SON DEDUCIBLES POR LO SIGUIENTE:
Artículo 31 LISR. Las deducciones autorizadas en este Título deberán reunir los siguientes requisitos:
V. SEGUNDO PARRAFO.-Los pagos que a la vez sean ingresos en los términos del Capítulo I del Título IV, de esta Ley, se podrán deducir siempre que se cumpla con las obligaciones a que se refieren los artículos 118, fracción I, y 119 de la misma, y los contribuyentes cumplan con la obligación de inscribir a los trabajadores en el Instituto Mexicano del Seguro Social cuando estén obligados a ello, en los términos de las leyes de seguridad social.