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"Que el Artículo Primero Transitorio del mencionado Decreto, establece que entrará en vigor a los ciento veinte días hábiles siguientes al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación"
osea.. que ayer se publicó, pero lo aplicaré 120 dias habiles despues???
¿estoy mal?,
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velociraptor escribió:
"Que el Artículo Primero Transitorio del mencionado Decreto, establece que entrará en vigor a los ciento veinte días hábiles siguientes al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación"
osea.. que ayer se publicó, pero lo aplicaré 120 dias habiles despues???
¿estoy mal?,
Negativo: Dice al Dia Siguiente.
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