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Gracias Daniel por la respuesta, ya hice la
actualización de los factores de inpc mi prima de riesgo etc etc,
La pregunta es, porque lo tengo que hacer como pago extemporáneo, Por el calculo de los importes de actualizacion y recargos
porque no la puedo calcular como si fuera pago oportuno? Por que no puedes pagar hoy como oportuno el mes de Mayo (por citar un mes de ejemplo)
Y después irme al modulo de diferencias?
Ya que si lo hago como dices, pero no me considera el 5% de descuento por decreto, Aqui no estoy muy seguro, pero tengo entendido que al hacer un pago extemporaneo sit e da la opcion de aplicar el decreto (mas tarde hare una prueba)
Y es que solo voy a pagar la diferencia de la prima de riesgo.!!Al momento de que tu generes el pago extemporaneo (con la nueva prima) y lo compares contra el pago original, la unica diferencia va a ser en la columna de Riesgo de Trabajo.
Gracias.
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