- Mensajes: 104
- Karma: 2
- Gracias recibidas: 0
Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.
Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.
Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.
Amigo aga nos estas diciendo que ahora los patos le tiran a las escopetas??? es decir ahora es inseguro social el que acata las jurisprudencias??
Entonces tendriamos que ver y por ahi los amigos abogados(invoco a jjfarias o huracan etc) saben sobre esto(help!!)ya que la LSS es muy clara en cuanto a que tipo de RT cuentan para la DART anual y por ahi me imagino que empezaremos a caer en la Ley del Amparo
Incisto se me hace muy raro esperemos mas comentarios al respecto
Gracias aga por la informacion
saludos
Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.
Te comento Gabo, que el dia 19 tuvimos una junta Canacintra localidad con las autoridades del Seguro Social, incluyendo al de Medicina del Trabajo, y nos manifestaron lo que te comento, ademas diciendonos que no podian darnos copia del criterio por ser documento confidencial. Por otro lado en lo personal ya nos sucedio un accidente, donde la trabajadora se enredo con el tapete del pasillo del camion y no lo fincaron accidente de trabajo, particularmente me mostraron el criterio girado a ellos, diciendoles que todo accidente de este tipo sea considerado asi y fundandose en esa jurisprudencia dictada por la Suprema Corte de Justicia.
Dicha jurisprudencia se dictamino a raiz de un trabajador que tuvo secuelas en un accidente de trayecto y la empresa no se quiso responsabilizar y el se fue a pleito llegando a la Suprema, donde ellos dijeron que por estar bajo la responsabilidad del praton es Accidente de Trabajo y bla bla, de ahi mero se colgo el IMSS a su favor.
Saludos
Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.
Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.
Hay 285 invitados y ningún miembro en línea