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    imss cobro por orden de embargo

    26 Nov 2008 20:54 #37406 por borda72
    buenas tardes

    tengo una duda si es factible el cobro de la mudanza asi como del cerrajero en una orden de embargo por me cobraron pero no se llevaron
    nada porque se pagaron las notificaciones en el momento esto fue en torreon

    saludos y muchas gracias

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    26 Nov 2008 21:47 #37410 por Daniel_Gtz
    Respuesta de Daniel_Gtz sobre el tema Re: imss cobro por orden de embargo
    Es correcto el cobro....

    El fundamento de momento te lo debo, pero mas tarde lo checo y te lo paso...




    PD. Antes no te cobraron los tacos de antes de llegar....
    :silly:

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    27 Nov 2008 14:09 #37446 por Luis
    Respuesta de Luis sobre el tema Re: imss cobro por orden de embargo
    Hola Borda72:

    Un placer saludarte, a lo bien dicho y expresado por el Buen Daniel de que antes no te cobraron las tortas, te señalo el fundamento legal, el art. 150 del CFF.
    Artículo 150. Cuando sea necesario emplear el procedimiento administrativo de ejecución para hacer efectivo un crédito fiscal, las personas físicas y las morales estarán obligadas a pagar el 2% del crédito fiscal por concepto de gastos de ejecución, por cada una de las diligencias que a continuación se indican:
    I. Por el requerimiento señalado en el primer párrafo del Artículo 151 de este Código.
    II. Por la de embargo, incluyendo los señalados en los Artículos 41, fracción II y 141, fracción V de este Código.
    III. Por la de remate, enajenación fuera de remate o adjudicación al fisco federal.
    Cuando en los casos de las fracciones anteriores, el 2% del crédito sea inferior a $260.00, se cobrará esta cantidad en vez del 2% del crédito.
    En ningún caso los gastos de ejecución, por cada una de las diligencias a que se refiere este artículo, excluyendo las erogaciones extraordinarias y las contribuciones que se paguen por la Federación para liberar de cualquier gravamen bienes que sean objeto de remate, podrán exceder de $41,350.00.
    Asimismo, se pagarán por concepto de gastos de ejecución, los extraordinarios en que se incurra con motivo del procedimiento administrativo de ejecución, incluyendo los que en su caso deriven de los embargos señalados en los artículos 41, fracción II y 141, fracción V, de este Código, que comprenderán los de transporte de los bienes embargados, de avalúos, de impresión y publicación de convocatorias y edictos, de investigaciones, de inscripciones, de cancelaciones o de solicitudes de información, en el registro público que corresponda, los erogados por la obtención del certificado de liberación de gravámenes, los honorarios de los depositarios y de los peritos, así como los honorarios de las personas que contraten los interventores, salvo cuando dichos depositarios renuncien expresamente al cobro de tales honorarios, los devengados por concepto de escrituración y las contribuciones que origine la transmisión de dominio de los bienes inmuebles que sean adjudicados a favor de la Federación en los términos de lo previsto por el artículo 191 de este Código, y las contribuciones que se paguen por la Federación para liberar de cualquier gravamen a los bienes que sean objeto de remate.
    Los gastos de ejecución se determinarán por la autoridad ejecutora, debiendo pagarse junto con los demás créditos fiscales, salvo que se interponga el recurso de revocación.
    Los ingresos recaudados por concepto de gastos de ejecución, se destinarán al establecimiento de un fondo revolvente para gastos de cobranza, para programas de fomento con el público en general del cumplimiento de las obligaciones fiscales, para financiar los programas de formación de funcionarios fiscales, salvo que por Ley estén destinados a otros fines. El destino de estos ingresos será con independencia del presupuesto que tengan asignado las autoridades fiscales federales.
    Cuando las autoridades fiscales ordenen la práctica de un avalúo, y éste resulte superior en más de un 10% del valor declarado por el contribuyente, éste deberá cubrir el costo de dicho avalúo.

    Saludos y quedo a tus ordenes.:)

    Muestrenme un impuesto que no cause problemas y les diré que es algo que no es, no ha sido y nunca será.

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    27 Nov 2008 14:58 #37456 por borda72
    Respuesta de borda72 sobre el tema Re: imss cobro por orden de embargo
    buenos dias luis
    en cantidad cuanto es lo que deberion cobra ya que el credito era 2300 y fin de cuenta le cobraron 4500 pesos se me hace muy excesivo

    saludos


    victor mendez

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    27 Nov 2008 15:18 #37462 por Daniel_Gtz
    Respuesta de Daniel_Gtz sobre el tema Re: imss cobro por orden de embargo
    borda72 escribió:

    buenos dias luis
    en cantidad cuanto es lo que deberion cobra ya que el credito era 2300 y fin de cuenta le cobraron 4500 pesos se me hace muy excesivo

    saludos


    victor mendez


    Hola...

    Aqui habria que hacer varios calculos...

    1. Suerte Principal mas accesorios.
    2. Multa mas accesorios.
    3. Gastos de Ejecucion.
    4. Mudanza y Cerrajero.


    Accesorios son Actualizacion y Recargos.... que para eso tenriasm que saber de cuando son las difrencias y cuando te notificaron. Si no me equivoco en descargas debe de haber un archivo que te hace dichos calculos.

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    Moderadores: Daniel_GtzLuis
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