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Sabido es que hoy dia si se pensiona un trabajador su fondo de vivienda no se le entrega en forma integra, una parte si y otra a pension.
El caso es que me comentan hay una jurisprudencia por reiteracion de criterios en el sentido de que el infonavit debe regresar todo, no solo una parte.
Me dan datos, Clave: 2a./J., Num.:32/2006
Infonavit. El articulo octavo transitorio del decreto por el que se reforma la ley relativa, publicado en el diario oficial de la federacion el 6 de enero de 1997, transgrede el articulo 123, apartado A, fraccion XXII, de la constitucion federal.
Amparo directo en revision 1302/2003. Benjamin Manzo Velazquez. 2 de abril de 2004.
Segun me dicen al amaparo de dicha jurisprudencia debe entreagarse al trabajador el total de sus aportaciones al infonavit en un solo pago, no solo una parte. ¿sera cierto?, de serlo, ¿ante que autoridad se realiza el tramite?
Gracias anticipadas por sus comentarios.
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