Hola..
Entonces lo que tienes que hacer de entrada es realizar los pagos con Actualizacion y Recargos de la persona que diste de baja en el SUA Involuntariamente.
Despues hacer una reclamacion de las cuotas pagadas por error.
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Entonces lo que tienes que hacer de entrada es realizar los pagos con Actualizacion y Recargos de la persona que diste de baja en el SUA Involuntariamente.
FUNDAMENTO
Artículo 37. En tanto el patrón no presente al Instituto el aviso de baja
del trabajador, subsistirá su obligación de cubrir las cuotas obrero patronales respectivas;Despues hacer una reclamacion de las cuotas pagadas por error.
aRT 37
sin embargo, si se comprueba que dicho trabajador fue inscrito por otro PATRON, el Instituto devolverá al patrón omiso, a su solicitud, el importe de las cuotas obrero patronales pagadas en exceso, a partir de la fecha de la nueva alta.
ESE SERIA EL PROBLEMA PARA LA DEVOLUCION
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jcmartin lo expuse asi por que el inseguro en estos tiempos es por la unica razon por la cual devuelve dinero, a menos que te tardes como dos o tres meses para la devolucion, pero si se logra, ahora bien tambien lo importante es pedirle al infonavit que corriga la informacion ya que con ellos no se hace devolucion sino correccion o aplicacion a cuenta de la deuda real
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