Tengo un trabajador que necesito cambiarlo de Reg.Patronal dentro de la misma empresa (tenemos varios registros por cada OBra según el lugar) pero mi duda es si no se le afecta en algo al trabajador ya que es uno que le falta poco para su pensión por edad avanzada. se da de baja con fecha 08 de Enero en un registro y se da de alta con fecha 09 de Enero en el otro.
Ustedes que opinan?
No debe de haber mayor problema, dejando la cuestion administrativa al trabajador para cuando realice el tramite de la pension ya que en dado caso necesita comprobar para efectos de sus semanas con sus Afil-02 o Afil-03 o los acuses notariales en el caso del IDSE
Asi que, en tu caso como patron solo checar el art 37 de LSS seria tu responsabilidad solo eso