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    incapacidad procede?

    20 Ene 2009 22:40 #40002 por R2E2
    incapacidad procede? Publicado por R2E2
    Buen dia compañeros.

    Resulta que uno de nuestros trabajadores termino su contrato el 28 de diciembre del 2008, pero el 23 de diciembre se le dio a firmar su nuevo contrato con fecha 31 de diciembre del 2008, es decir no estuvo laborando el 29 ni el 30 de diciembre del 2008. el dia 30 de diciembre se accidento en su casa por lo que ya no vino a trabajar el 31 de diciembre, pero el fue al imss y le expidieron incapacidad por enfermedad general del dia 30 de diciembre, ahora que el fue a que le pagaran su incapacidad en el seguro le dijeron que no procedia xq estaba dado de baja y el trabajador indignado nos dijo que xq estaba dado de baja, a lo que se le explico la situacion, pero no entendio razones y dice que nos va a demandar.

    que yo sepa el señor podra decir lo que sea pero si no era empleado en la fecha del accidente pues no procede nada aunque desde el dia 23 de diciembre haya firmado su contrato con fecha de inicio del dia 31 de diciembre. o no es asi?

    Agradezco puedan comentar algo al respecto!

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    20 Ene 2009 22:56 #40006 por R2E2
    Respuesta de R2E2 sobre el tema Re: incapacidad procede?
    Perdon me falto aclarar que mi duda nace porque la baja se metio el dia 30 de diciembre como 2 horas despues de que el se accidentara, pero esto fue casualidad, cabe señalar que el trabajador no es empleado y desde entonces no ha venido a trabajar xq se lesiono la pierna y no puede caminar

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    20 Ene 2009 23:12 #40009 por Daniel_Gtz
    Respuesta de Daniel_Gtz sobre el tema Re: incapacidad procede?
    Hola...


    Aqui quisiera aclarar un par de puntos...


    1.- Si ya sabiamos que iba a ser baja el dia 28 de Diciembre, por que no enviamos la baja ese mismo dia????

    2.- Como fue baja, se tuvo que hacer un finiquito. Me imagino que lo presentaron en la Junta.... verdad???

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    20 Ene 2009 23:20 #40010 por gaboaranda
    Respuesta de gaboaranda sobre el tema Re: incapacidad procede?
    Buena tarde
    Si se comenta que el trabajador no tenia una relacion laboral, le pregunto cual es el argumenton, si no se tiene renuncia de por medio, aunque sea termino de contrato, por que se dice que no exisitia relacion juridica laboral?? Sino vea el Art 53 de la LFT y sobre todo la aplicacion del caso en el art 39, toda vez que el trabajador con un mano en la cintura podra argumentar que subsiste la materia del trabajo, al firmar el contrato del 31 de diciembre, por lo que en caso de demandar le sugiero vaya viendo lo que dice los articulos 48 y 49

    El caso que compete El inseguro social con el sustento en el art 21 de la LSS y en el 60 del RACERF con toda razon dice que operara esa baja, asi que para efectos de SUA se tiene que dejar sin el aviso de esa baja el registro de ese trabajador, aunque el IDSE ya lo haya aceptado.

    Saludos

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    20 Ene 2009 23:36 #40014 por gaboaranda
    Respuesta de gaboaranda sobre el tema Re: incapacidad procede?
    R2E2

    Yo le sugiero que en lugar de preocuparse por procedimiento o no de una incapacidad que despues de todo es una simple emfermedad general, que no afecta a la empresa, le sugiero que le diga al empleado que negocie esa posible demanda, ya que se le sale mas barato, aceptar esa incapacidad y despues ver de que forma se aplica la baja que la demanda posterior y que con todas las de la LFT puede ganar el trabajador

    Saludos

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    21 Ene 2009 02:46 #40029 por Daniel_Gtz
    Respuesta de Daniel_Gtz sobre el tema Re: incapacidad procede?
    Ojo con esto....

    R2E2 escribió:

    ... la baja se metio el dia 30 de diciembre como 2 horas despues de que el se accidentara, .....


    Aqui el IMSS lo puede interpretar como que el patron o la empresa actuaron de mala fe.... si saben que puede significar, verdad???


    R2E2 escribió:

    ... pero esto fue casualidad, cabe señalar que el trabajador no es empleado y desde entonces no ha venido a trabajar xq se lesiono la pierna y no puede caminar


    Casualidad??? El trabajador no es trabajador??? eso nunca lo he escuchado... el trabajador ES trabajador hasta que la empresa lo da de baja.

    Aqui el problema radica en que "casualmente" el trabajador se "accidento" en su casa (podriamos decir que estaba de descanso), antes de la baja.

    La incapacidad se la dio el IMSS por que al revisar su estatus en el SINDO todavia estaba activo. Recordemos que los movimientos enviados por el IDSE no surten efectos de forma inmediata, por lo que a mi parecer la baja no va a proceder, o mas bien no procedio.



    Insisto con lo que comente al principio:
    Daniel_Gtz escribió:

    ...
    1.- Si ya sabiamos que iba a ser baja el dia 28 de Diciembre, por que no enviamos la baja ese mismo dia????

    2.- Como fue baja, se tuvo que hacer un finiquito. Me imagino que lo presentaron en la Junta.... verdad???

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    Moderadores: Daniel_GtzLuis
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