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    A partir de que fecha se actualiza

    07 Feb 2009 16:21 #40988 por c1contabilidad
    Muy buenos dias:

    La siguiente duda es en cuanto a partir de que fecha actualizaria unos pagos de los indebedido por concepto de cuotas obrero patronales, las cuales son derivadas de la Prima de Riesgo del año 2007 y 2008, (de 2007 es diciembre, de 2008 de enero a septiembre), dichos pagos fueron realizados de acuerdo a las primas de riesgo rectificadas por el imss, dejando sin efectos las que habiamos presentado, obviamente las del imss eran mayores que las de la empresa, y para esto la empresa impugno dichas rectificaciones ante un tribunal federal, el cual dicto sentencia favorable hacia nosotros, y ya el imss nos ratifico que las Primas de riesgo presentadas por nosotros son correctas.

    Es por esto que surge la duda ya que dichos pagos de lo indebido se solicitaran en devolucion ante el instituto, cabe señalar que algunos pagos se hicieron de manera extemporanea, y requeriria saber ¿si en el formato para tal efecto se pone la cantidad a solicitar mas su actualizacion o unicamente la cantidad sin actualizacion?, y a partir de que fecha se actualizarian ¿a partir de la fecha en que debi pagar o a partir de la fecha de pago? :S

    Esperando haberme dado a entender quedo de ustedes.


    Saludos.

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    09 Feb 2009 22:22 #41090 por gaboaranda
    hola c1contabilidad

    Echele un ojo al art 299 de la LSS, le aseguro que obtendra su respuesta

    saludos

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    09 Feb 2009 23:35 #41106 por c1contabilidad
    Hola Gaboaranda:

    Quedo entendido lo de a partir de que fecha se actualizan dichas cuotass, pero cuando uno solicita tales devoluciones los hace unicamente por la diferencia sin actualizar esperando a que el instituto la devuelve con actualizaciones y/o recargos o bien se solicita la devolucion incluyendo la actualizacion.?

    Muchas gracias por su apoyo.

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    09 Feb 2009 23:54 #41107 por gaboaranda
    c1contabilidad escribió:

    Hola Gaboaranda:

    Quedo entendido lo de a partir de que fecha se actualizan dichas cuotass, pero cuando uno solicita tales devoluciones los hace unicamente por la diferencia sin actualizar esperando a que el instituto la devuelve con actualizaciones y/o recargos o bien se solicita la devolucion incluyendo la actualizacion.?

    Muchas gracias por su apoyo.


    HOla de nuevo, mira tiene ratito que no hago un tramite asi pero sino me falla mucho la memoria tienes razon la famosa hoja solo se pide por el total de lo pagado en "exceso" ya el inseguro le dira en su nota de credito ya formalizada cuanto fue lo actualizable, asi que ponga atencion cuando le hagan firma de recibido esa nota de credito

    Saludos

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    10 Feb 2009 14:03 #41119 por c1contabilidad
    Muchas Gracias por su apoyo Gaboaranda, ya estaremos informando en quedo el tramite posteriormente


    Saludos

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