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mi duda es como funciona esto en la practica...y no me ha tocado meterlos ya que por prudencia y evitar posibles revisiones del imss pero se esta evaluando meter dichos ausentismos ya que actualmente el numero de ausentismos crecio y se esta analizando si aplicamos esta opcion que nos da la LSS y asi pagar menos cuotas, pero quisiera saber si alguien por ahi aplica este concepto:
han tenido revisiones por parte del imss?
al momento del pago del sua solo aplicas los ausentismos la informacion comprobatoria a la que refiere el art.31 de la LSS es solo si me la piden o tengo que presentarla en afiliacion y vigencia en la subdelegacion?
Gracias por sus atenciones!
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