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Y complicado va a ser... escenarios varios, contemplemos uno;
Pero hablando del mismo supuesto en el que patron y trabajadores solo acordaron cerrar y el patron en buena onda y por apoyo a sus empleados les va a pagar su sueldo en forma integra -digamos que el restaurant es de marisco y tuvieron chamba en exceso en semana santa y por eso hay lana-, el patron en la nomina va a pagar los salarios integros, por lo que no va a reflejar falta o ausencia alguna, ¿Puede descontar dias por ausentismo de las cuotas a pagar?, A mi ver en este supuesto si podria, ya que el trabajador efectivamente no se presento a trabajar... la bronca, ¿Como lo ampara?, no hay reloj checador ni nada por el estilo...
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