un trabajador fallecio hace unos 15 años, su esposa a penas se le ocurrio enterarse si puede tener algun beneficio. el trabajdor tiene reconocido ante el imss 587 semanas, se dio de baja en el imss el 21/08/1988.
es procedente que la esposa reclame algo de todo lo que su esposo cotizo en el imss?
Al respecto, el art. 150 de la LSS nos dice que la viuda tiene de plazo para solicitar su pension, la cuarta parte del tiempo que cotizo el fallecido. 587 semanas cotizadas son 11 años, entonces la viuda tiene 2 años para reclamar su pension a partir de la fecha del fallecido.