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Saludos, a todos los foristas.
Estoy dandole vuelta al siguiente asunto: Si las jornadas de trabajo son de lunes a sabado de ocho horas cada dia, con las vacaciones no hay ningun problema, pero que pasa cuando en la empresa se trabaja el sabado hasta 1:30 pm (de acuerdo al art.59 de la LFT) Si yo le doy vacaciones a un trabajador el día sabado, que se trabajan 5 horas, le faltarian por disfrutar 3 horas?.
Que pasa con las empresas que trabajan de lunes a viernes, las vacaciones se computan de lunes a viernes o se incluye el sabado como dia de vacaciones disfrutado?
Como se computan las vacaciones en las empresas que trabajan 12 x 12 o 12 24, etc.?
Habra algun fundamento al respecto? No se, alguna tesis, algun pronunciamiento de la autoridad, o en Ley
Gracias por ampliar mi cultura en este tema.
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