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    es obligatorio el IMSS en una empresa Familiar

    10 Ago 2010 16:48 #63362 por krak14
    buenas tardes compañeros tengo una gran duda quisiera saber si existe un fundamento legal para no darme de alta en el IMSS tengo unos clientes que tienen un pequeña fabrica pero solo trabajan familiares ( son tres personas la mamá como dueña el hijo y un sobrino que se encargan de la fabricacion y distribucion del producto )

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    10 Ago 2010 16:59 #63363 por bandido
    artìculo 13 LSS

    Artículo 13. Voluntariamente podrán ser sujetos de aseguramiento al régimen obligatorio:

    I. Los trabajadores en industrias familiares y los independientes, como profesionales, comerciantes en pequeño, artesanos y demás trabajadores no asalariados;

    II. Los trabajadores domésticos;

    III. Los ejidatarios, comuneros, colonos y pequeños propietarios;

    IV. Los patrones personas físicas con trabajadores asegurados a su servicio, y

    V. Los trabajadores al servicio de las administraciones públicas de la Federación, entidades federativas y municipios que estén excluidas o no comprendidas en otras leyes o decretos como sujetos de seguridad social.

    Mediante convenio con el Instituto se establecerán las modalidades y fechas de incorporación al régimen obligatorio, de los sujetos de aseguramiento comprendidos en este artículo.

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    10 Ago 2010 17:14 #63364 por krak14
    estoy confundido este articulo no dice que es voluntariamente entonces si mis clientes no quieres darse de alta en el IMSS no los pueden multar ni nada por el estilo verdad ? otra duda existe un contrato legal donde estos trabajadores renuncien a no tener seguro social ( ellos me lo piden ) pero no se si exista algo asi

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    10 Ago 2010 20:36 #63369 por gaboaranda
    La confunsion radica si existe subordinacion de parte de los trabajadores? es decir todos obedecen a un supervisor o un jefe?

    La LSS es muy clara son integrantes de un regimen OBLIGATORIO todos aquellos que se consideran TRABAJADORES!!

    saludos

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    11 Ago 2010 07:56 #63373 por Luis
    Hola Krak14:

    Un placer saludarte, como ya lo comentaron Bandido y el buen Gabo, el sustento de la relaciòn laboral en el que existe la subordinaciòn es donde creo no vas a poder aplicar, se podrà señalar que es un taller familiar pero el problema estriba en que dudo que el IMSS lo vaya a considerar asì, maxime que tambièn labora un sobrino ah.

    LFT
    Artículo 351.- Son talleres familiares aquellos en los que exclusivamente trabajan los cónyuges, sus ascendientes, descendientes y pupilos.

    Saludos y estoy a tus ordenes. :)

    Muestrenme un impuesto que no cause problemas y les diré que es algo que no es, no ha sido y nunca será.

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    11 Ago 2010 08:33 #63375 por Edheras
    ...Entiendo que, de acuerdo al Art. 13 Fracc. I de la LSS no existe obligacion de afiliacion al IMSS, tratandose de los trabajadores señalados en el Art. 351 de la LFT.

    En ocasiones y para el caso contrario, cuado alguien pretende afiliar a la esposa y con ello obtener la ptroteccion y servicios como beneficiario he leido casos que el IMSS los rechaza.

    Saludos

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