Buenas noches.
Después de indicar una serie de anomalías que comete el patrón contra su trabajador, citas lo siguiente en tu pregunta original:
entonces esta persona cansada de todas estas cuestiones, decidio renunciar....
mi duda es, cuando la renuncia es voluntaria a que tiene derecho...........que debe pagarsele,?
ojala puedan ayudarme.....
Te comento que, si el trabajador hace las cosas debidamente, le deberás indemnizar como si lo hubieras corrido injustificadamente, pues dicho empleado tiene todos los elementos para reclamar indemnización completa aplicando el contenido del Art. 51 de la LFT.
Si solo quiere irse sin reclamar nada... pues en "su pellejo lo hallará", pues aparte de sufrir todo lo que dices que le hacen... ¿irse sin reclamar nada?... increible.
En caso que no reclame, es totalmente aplicable lo que te dice el Lic. pepesoto y si me apuras, para no reclamar, mejor sería que ni eso pidiera. Claro que esto es su facultad.
Si este patrón es tu cliente, te sugiero no meter las manos en sus asuntos de esta naturaleza, pues cuando alguien "levante la cresta" y reclame, le ganará de todas todas y seguro que dirá que por culpa del contador. A esos ya los conozco y mejor evito intervenir y hasta tenerlos como clientes, pues son personas conflictivas por naturaleza.
Se que esto último no es lo que preguntas, y si no te parece que te lo haya comentado, te pido disculpas, pero ... Bueno, hasta luego.