TENGO UN EMPLEADO QUE HOY ME TRAJO UN "DICTAMEN DE INVALIDEZ", ES MI PRIMER CASO DE ESTE TIPO, POR LO MISMO NO SE QUE DEBO HACER, SI TENGO QUE DARLO DE BAJA Y PAGARLE SU LIQUIDACION O DEBO MANTENERLO COMO INCAPACIDAD YA QUE EL ESCRITO TIENE QUE ES " DE CARACTER PROVISIONAL POR 2 AÑOS" SI ALGUIEN PUEDE AYUDARME O REFERIRME A LOS ARTICULOS DE LA LEY DEL IMSS QUE DEBA CONSULTAR PARA ESTOS EFECTOS SE LOS AGRADECERIA. DE ANTEMANO GRACIAS A TODOS. BUEN DIA
A su trabajador ya le dijeron que, en la practica, no puede trabajar haciendo lo mismo y obviamente ganando lo mismo.
La pension "Provisional" que le dieron, es para que dentro de dos años le vuelvan a hacer los estudios y ver si le dan otra provisional de dos años, la definitiva, o de plano ya no la necesita (Esto dependiendo de lo que tuviera su trabajador).
El patron puede hacer dos cosas:
La primera, es finiquitarlo. Partes proporcionales y Prima de Antiguedad.
La segunda, "acomodarlo" en otro puesto (con su respectivo cambio de salario y/o prestaciones), esto sin que le afecte al trabajador.