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    Diferencia en porcentajes de amortizacion

    05 Ene 2011 09:08 #67757 por Blanco021
    Buen dia mis estimados


    Pues aqui con otro detalle estoy checando las liquidaciones de infonavit y estoy viendo que el factor de amortizacion de la mayoria de los trabajadores cambio para el bimestre 6 de 2010. Mi pregunta es debe de pagar con los nuevoa factores o puedo pagar con los que tenia antes.

    desde mi punto de vista debo de pagar con los nuevo ya que las liquidaciones que emite el imss son una forma de decirle al patronon los movimientos que se aplicaron pero la cuestion es que si tengo razon como la fundamento..

    por otro lado me comentan que se debe pagar con los anteriores factores ya que la notificacion llego al principio del siguiente bimestre y como tal no se le desconto al trabajador lo correcto, pero igual no me dan fundamento para esto

    Por eso pido su ayuda y me ayuden a fundamental cualquiera de los dos puntos

    salados y buen dia!!!

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    05 Ene 2011 09:33 #67758 por Daniel_Gtz
    Hola blanco...


    De cuento son las diferencias???


    Recuerda que cambio el Importe del Seguro de Daños a la Vivienda.

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    05 Ene 2011 09:38 #67759 por Blanco021
    buen dia

    las diferencias son de 3 y 10 pesos pero son originadas pro el cambio de factor de amortizacion....

    hablando con el infonavit me comentan que son ajustes que se estaran realizando cada 6 meses.

    Pero no se si pagar con los nuevo factores "de los cuales me comentan que no aplican por queme los acaban de notificar" pero como comente anterior mente para mi si aplican

    saludos

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    05 Ene 2011 09:43 #67762 por Daniel_Gtz
    Ok,

    Recuerdo que hace aproximadamente uño y medio salio algo al respecto.

    En el caso de los creditos nuevos, cada 6 meses se revisara el SBC promedio para ver si su factor de descuento es acorde a sus ingresos y se modificaria. creo tambien incluye la tasa de interes para el credito.

    Hay que darse un clavado en el foro. Debe de haber algun mensaje al respecto.


    Por otro lado, los cambios "recien te lo notifican", por lo que deben ser a partir de la fecha de notificacion, de acuerdo a la LINFONAVIT.

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    05 Ene 2011 11:51 #67778 por Blanco021
    ah ok gracias entonces si se deben de aplicar hasta el otro bimestre deja cheque a ver si encuentro el fundamento

    gracias!!!!

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    05 Ene 2011 17:10 #67801 por Daniel_Gtz
    A ver si te sirve esto:

    REGLAMENTO de inscripción, pago de aportaciones y entero de descuentos al Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores.


    ARTÍCULO 42.- Cuando el Instituto otorgue crédito de vivienda a un trabajador, lo notificará al patrón o a los patrones de dicho trabajador a través del aviso para retención de descuentos, en donde se consignarán los datos relativos al crédito, así como los porcentajes o cantidades a descontar del salario base de aportación.

    Si de conformidad con el artículo 24 de este Reglamento, el Instituto incluye en la cédula de determinación correspondiente los datos de los trabajadores acreditados, aun cuando el patrón no hubiera recibido el aviso para retención de descuentos, la citada cédula de determinación hará las veces de este aviso y el patrón estará obligado a iniciar la retención y a enterar los descuentos.

    El patrón deberá iniciar la retención y el entero de los descuentos a partir del día siguiente a aquél en que reciba alguno de los formatos a que se refiere este artículo.

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