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    Incentivos al trabajador para efectos Imss

    02 Feb 2011 19:36 #68859 por sandy124
    Buenas noches foristas. acabo de tomar una contabilidad de una persona física con régimen intermedio, al revisar las nominas , los trabajadores tienen el salario mínimo profesional como salario base y como complementos les dan incentivos de productividad y puntualidad cada uno de ellos por 3,109.30 quincenalmente , no están integrados al salario , esto puede traer consecuencias con el imss, o están correctos.


    gracias por su ayuda.

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    02 Feb 2011 20:08 #68860 por Daniel_Gtz
    Hola Sandy...

    Para ver si que afecta al SBC, independientemente del Salario del trabajador, nos remitimos al Art 27 de la LSS.

    Lo checamos?

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    02 Feb 2011 20:12 #68861 por sandy124
    GRACIAS CONTADOR LO CHECO.

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    02 Feb 2011 21:20 #68862 por Daniel_Gtz
    sandy124 escribió:

    GRACIAS CONTADOR LO CHECO.


    Luego nos comenta???

    Vamos a retroalimentarnos. Como ve?

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    02 Feb 2011 22:25 #68863 por Contadoranonimo
    Buenas noches.

    Veamos sus datos:

    Si quincenalmente les entregan a cada uno 3,109.30, equivale a $6,218.60 mensuales o a $204.55 diarios.

    Si esto lo contemplan como no integrable para IMSS, debiera ser lo equivalente al 10% del SBC del trabajador, y resultaría un salario mensual nominal integrado e informado al seguro de $62,186.00 o de $2,045.50 diarios, pero..................

    Resulta que la cotización para salarios en el IMSS, está "topado" en 25 SMGDF, es decir $1,495.50 diarios, es decir, $550.00 SUPERIOR por día a dicho tope. Como dices que no se integra, tendrás que ver si el monto de salarios reportados para efectos de cuotas del IMSS contempla dicho monto y, si como dices, no es así, habrá que corregir esa anomalía.

    Por lo que se refiere al ISR, corres el riesgo de que lo no reportado para efectos de IMSS y demás contribuciones sociales, no deba considerarse deducible.

    En consecuencia el IETU sufre también modificaciones.

    En resumen... tienes razón de estar preocupado y te sugiero que revises y apoyes tu revisión con las bases legales correspondientes, para que se los plantees a quien corresponda.

    Ahora bien, si no entendí cabalmente tu planteamiento, te pido lo hagas saber para que se te pueda dar una asesoría por parte de todos o algunos de los varios expertos que esta página tiene.

    Esperando tu respuesta, envío un cordial saludo a todos los compañeros foristas.

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    03 Feb 2011 13:02 #68887 por sosgtorreon
    Aunado a lo comentado por Daniel y ContadorAnonimo (que por fortuna ya no lo es mas, pero hay que respetar el nick), es de resaltar que tu preocupacion resulta genuina y agrandada por que estoy seguro en el 27 de LSS no encontraste nada que salve el Incentivo de productividad que les dan...

    Uno pudiera entender que se vayan "en la finta" con la puntualidad, esperando tengan los elementos minimos y necesarios para su soporte, pero, el incentivo de productividad, ¿En base a que se confunden para no integrarlo al SBC?

    Saludos.



    sos al sos .

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