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    CONDONACION DE MULTAS Y RECARGOS 100%

    15 Feb 2011 17:08 #69201 por CPA. PALMA
    DENTRO DEL DOF LA ENCUENTRAS EN LA SECCION TERCERA......

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    17 Feb 2011 11:21 #69261 por gaboaranda
    Y cuales son sus comentarios del analisis???? digo si solo nos dedicamos a "traspasar" publicaciones este no es el foro, existe un foro que dice publicaciones ahi era donde tenia que haberlo puesto!!

    saludos

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    17 Feb 2011 11:30 #69264 por CPA. PALMA
    BUENO CONTADOR SOLO QUISE COLABORAR..... LE AGRADEZCO EL TIP DE DONDE PUBLICAR LAS COSAS.... PERO SI MI PARTICIPACION NO SIRVE..... LE MOLESTA...... O AFECTA EN ALGUN MOMENTO INTERESES..... LE PIDO ME DISCULPE..... NO ERA ESA LA INTENCION..... AUNQUE ESTO ME DEJA COMO LECCION..... QUE EN ESTE FORO....... SOLO DEBO DESCARGAR LA MUCHA O POCA INFORMACION QUE ME SIRVA PARA ACRECENTAR MIS ESCASOS CONOCIMIENTOS....... ESO SI AL MENOS RECONOZCA EL MERITO DE HABERME LEIDO LA LEY DE INGRESOS DE LA FEDERACION !!!!COMPLETITA!!!!!! EXCELENTE DIA.........

    REMITIENDOLE UN CORDIAL SALUDO

    Y NO SE PREOCUPE..... EN ADELANTE NADA MAS DESCARGARE LA INFORMACION QUE ENCUENTRE Y E INTERESE.

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    17 Feb 2011 11:44 #69266 por gaboaranda
    Con todo respeto y solo como ejemplo para que no se sienta mal y se anime a compartir su analisis le dejo parte del mio...
    Condonación de recargos y multas IMSS

    El pasado 15 de Noviembre de 2010, mientras muchos gozaban del “puente” por el Centenario de la Revolución Mexicana el H. personal encargado de las publicaciones gubernamentales se dieron a la tarea de darnos a conocer lo que se conoce como la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2011, que en su Artículo 16 Apartado B inciso II C subíndices I al IX se nos comunico el estimulo fiscal de parte del Instituto Mexicano del Seguro Social de poder conceder una condonación a los patrones que espontáneamente regularicen de forma espontanea sus adeudos por créditos fiscales contenidos en el ART 287 de la Ley del Seguro Social generados hasta el 30 de Junio de 2010, mismos que para ello tienen que a más tardar el 31 de Marzo del 2011, es decir, un poco más de un mes todavía de plazo tienen que manifestar vía escrito libre la intención de sujetarse a este beneficio bien ante esto tenemos que comentar que el día 14 de Diciembre de 2010 mediante la publicación, también en DOF, del Acuerdo del Consejo Técnico del IMSS ACDO.SA3.HCT.081210/383.P.DIR, se dieron a conocer las reglas

    Créditos fiscales sujetos a condonación (ART 287 LSS)
    Adeudos fiscales a favor del Seguro Social generados hasta el 30 de junio de 2010, derivados de:
    Cuotas obrero-patronales, salvo las relativas al Seguro de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez
    Capitales constitutivos
    Gastos realizados por dicho Instituto por inscripciones improcedentes, y aquéllos que el Seguro Social tenga derecho a exigir de las personas no derechohabientes


    Garantía del interés fiscal

    Es de vital importancia conocer que en caso de aceptación del programa por parte del IMSS, el patrón en todos los casos sin importar montos o cantidades adeudadas cuentan con un período de 15 días hábiles para garantizar el interés fiscal, considerando para tal efecto lo establecido en el Código Fiscal de la Federación. El trámite deberá efectuarse ante la Subdelegación receptora del multicitado escrito de condonación.

    Espero que de verdad algun dia se anime a compartir sus comentarios, analisis etc

    saludos


    saludos

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    17 Feb 2011 11:46 #69267 por gaboaranda
    Yo no le pedi su "usuario" y "contraseña", tal como usted lo comenta solo le pido que se anime a compartir parte de lo que usted sepa con todos

    saludos

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    17 Feb 2011 11:50 #69270 por CPA. PALMA
    NO ME SIENTO MAL, PERO SI INCOMODA, EL HECHO DE CRITICAR Y NO DE APORTAR, CREO DESDE MI HUMILDE APRECIACION NO ES LA MECANICA, QUIZAS MI VISION ES UTOPICA PERO ESO HUBIESE HECHO DESDE SU COMENTARIO INICIAL, SE TRATA DE HACER CRECER EL FORO, NO DE CONFUNDIR.

    Y NO ME SIENTO MAL, POR QUE SOY CONTADORA NO ME DEDICO A ESCRIBIR, COMO PUEDO APRECIARLO EN UD. Y ESO ES BUENO PUES DE GENTE COMO UD. YO APRENDO, PERO SIEMPRE QUE SEA PROPOSITIVO.

    POR MI PARTE YO DOY PUNTO FINAL A ESTE EMBROLLO.

    QUE SEA PROVECHOSO SU DIA

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