Bueno el tema de este topico, es el que me esta sucediendo con un cliente, fuimos a dar de alta en el IMSS como PERSONA MORAL, en la subdelegacion revisaron a los socios del acta constitutiva, y resulta que uno de ellos ( el padre) tiene un adeudo, con la institucion, y me negaron el alta de la empresa.
**Investigando el adedudo es por una construccion remodelacion de la casa de los socios, el adeudo es enero febrero, del 2005 y la baja de los trabajadores esta con fecha de 31 de marzo del 2005, esos periodos, IMSS RCV INFONAVIT ya estan liquidados, solo falta una multa por pagar.
La pregunta es esta, la institucion tiene derecho de negar el alta de la empresa solo por que uno de los socios tiene el adeudo?
Saludos y a todos
P.D.
Que gane el mejor... las rayas!!
A mi me parece que no debieran afectar puesto que son personalidades juridicas diferentes, a reserva de checar la ley. Independientemente a esto yo presentaria un oficio de aclaracion y fundamento del porque el aviso de alta patronal no este en proceso o como minimo en lo personal si me hubiese ocurrido a mi lo primero que hubiera hecho seria preguntar en base a que me niegan el registro de la empresa (digo para ir avanzando).
Ahora si el adeudo del socio es por el adeudo de una multa que solicite condonacion de la misma conforme al acuerdo del consejo tecnico del imss No. 187/2003 publicado en el DOF el 15 de julio 2003 y que se quite de problemas.
Es preferible transitar en la vida con una pequeña luz de positivismo, que vivir siempre en la obscuridad.