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Buenas tardes estiamdos Colegas;
Tengo un caso donde me solicitan dar de alta a un cuate qeu ya esta pensionado por Cesantia y vejez, se de antemano, que lo tendre que dar de alta con diferente patron y que perderia su pension por este tramite, solo que no he encotrado el fundamento legal para demostrar esto, que tanto se habla de que es asi pero cual es el fundamento.
Saludos
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cuando una persona que goza de cualquiera de las pensiones mencionadas, se da de alta nuevamente en el ROSS ingresa a cotizar a un régimen distinto a aquél bajo el cual obtuvo su pensión, en el que no se prevé ninguna limitante para que vuelva a trabajar y mucho menos para disminuirle o suspenderle su pensión por ese hecho.
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