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adealba escribió: Hola.
En días pasados me autodetermine ante el IMSS para poder prorroga el pago de la cuota patronal 30 días naturales más, Casualmente los 30 días se vencieron un Sábado por lo cual no se pudo realizar el pago correspondiente y fue realizado al lunes siguiente. El IMSS me esta requiriendo pagar la multa por no haber pagado dentro de los 30 días que rige la ley. Según yo la multa que el IMSS intenta cobrarme es injustificada por que se que hay una ley que dice que si el plazo de un pago se vence en un día inhábil este pago puede realizarse el primer día hábil siguiente. Mis preguntas son: ¿Estoy en lo correcto? y si es así ¿Dónde esta la ley del pago del día siguiente habil y como podría defenderme ante el pago de dicha multa que me esta requiriendo el IMSS?. o ¿Con quien podría gestionar dicho pago?
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Racerf. Art. 3.- ...
Cuando el último día de los plazos señalados en este Reglamento para el cumplimiento de obligaciones, sea día inhábil o viernes se prorrogará el plazo hasta el día hábil siguiente. No se prorrogará el plazo para la presentación de avisos afiliatorios.
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