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    Multas indebidas por parte del IMSS al Patron

    03 Oct 2012 14:10 #84432 por adealba
    Hola.
    En días pasados me autodetermine ante el IMSS para poder prorroga el pago de la cuota patronal 30 días naturales más, Casualmente los 30 días se vencieron un Sábado por lo cual no se pudo realizar el pago correspondiente y fue realizado al lunes siguiente. El IMSS me esta requiriendo pagar la multa por no haber pagado dentro de los 30 días que rige la ley. Según yo la multa que el IMSS intenta cobrarme es injustificada por que se que hay una ley que dice que si el plazo de un pago se vence en un día inhábil este pago puede realizarse el primer día hábil siguiente. Mis preguntas son: ¿Estoy en lo correcto? y si es así ¿Dónde esta la ley del pago del día siguiente habil y como podría defenderme ante el pago de dicha multa que me esta requiriendo el IMSS?. o ¿Con quien podría gestionar dicho pago?

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    04 Oct 2012 08:42 #84446 por Daniel_Gtz

    adealba escribió: Hola.
    En días pasados me autodetermine ante el IMSS para poder prorroga el pago de la cuota patronal 30 días naturales más, Casualmente los 30 días se vencieron un Sábado por lo cual no se pudo realizar el pago correspondiente y fue realizado al lunes siguiente. El IMSS me esta requiriendo pagar la multa por no haber pagado dentro de los 30 días que rige la ley. Según yo la multa que el IMSS intenta cobrarme es injustificada por que se que hay una ley que dice que si el plazo de un pago se vence en un día inhábil este pago puede realizarse el primer día hábil siguiente. Mis preguntas son: ¿Estoy en lo correcto? y si es así ¿Dónde esta la ley del pago del día siguiente habil y como podría defenderme ante el pago de dicha multa que me esta requiriendo el IMSS?. o ¿Con quien podría gestionar dicho pago?


    Hola..

    Antes de que pagues la multa, solicita al IMSS que te fundamente su acción.

    Por otro lado, te menciono que no hay ninguna Ley, que diga: que si el plazo de un pago se vence en un día inhábil este pago puede realizarse el primer día hábil siguiente. Creo que te refieres al Código Fiscal de la Federación. Te recomiendo darle una leída (Lo mencionado viene dentro del 1er capitulo, te daria el articulo directo, pero es mejor leerlo todo).

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    06 Oct 2012 00:06 #84485 por pepesoto
    :silly: Hola Danny. No la mandes tan lejos (CFF), si en el Racerf viene:

    Racerf. Art. 3.- ...
    Cuando el último día de los plazos señalados en este Reglamento para el cumplimiento de obligaciones, sea día inhábil o viernes se prorrogará el plazo hasta el día hábil siguiente. No se prorrogará el plazo para la presentación de avisos afiliatorios.


    Saludines,
    El Lic.


    .

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