Radio Aportaciones:  
--:--  | : 4hs-8hs -
Toggle Bar

    Obligacion de presentar Prima de Riesgo

    21 Feb 2013 23:18 #87280 por mpcweb2
    Amigos del Foro; se trata de una duda en la Determinacion de la Prima en el Seguro de Riesgo de Trabajo, se trata de un Patron que inicio en mayo de 2012, durante el periodo mayo diciembre tuvo un caso de riesgo de trabajo con incapacidad de 5 dias, mi duda es si por no tener un periodo de doce meses esta obligado a presentarla y de estar obligado como cálcular el promedio de dias cotizados si considerando solo el periodo de mayo a diciembre o bien los doce meses del año.
    De antemando agradezco sus opiniones y su tiempo

    Saludos

    Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

    22 Feb 2013 09:07 #87287 por Daniel_Gtz
    Hola...

    Sugiero Lectura al Art 74 de la LSS y Art 32 del Reglamento de clasificación de empresas (RACERF).

    Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

    22 Feb 2013 09:46 #87289 por CPHugoocejo
    - Debe ser un ejercicio completo.


    saludos

    Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

    23 Feb 2013 23:54 #87315 por mpcweb2
    Gracias por sus comentarios.
    Art 32 del Reglamento de Clasificacion de Empresas
    Fracc. IV Si se trata de empresas de reciente registro en el Instituto o que hayan cambiado de actividad en los términos de los Art. 26 y 28 de este Reglamento, la disminucion o aumento de la prima procederá atendiendo a lo dispuesto por las Fracc. I Y II anteriores considerando los casos de riesgo de trabajo terminados hasta que hayan completado un periodo anual del 1 de enero al 31 de diciembre.

    También el Art. 72 5o. parrafo dice:
    Patrones con menos de 10 trabajadores tienen la opcion de no presentar la declaración anual de la prima de riesgo.

    En este caso se trata de un patron con menos de diez trabajadores.

    Solo comentarles que mi duda surgio porque no me quedaba muy claro el hecho de que se presento un caso de accidente trabajo, pero de la lectura de este articulo se aclara mi duda pues los casos deben considerarse por el periodo anual

    Agradezco sus atenciones y su tiempo

    saludos

    Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

    25 Feb 2013 23:13 #87336 por pepesoto
    :silly: HOla.

    Digamos que esos meses se los obsequia la LSS. Si tuvo accidentes, haga tooodo lo posible por analizarlos y poner su centro de trabajo a punto para que nunca más los vuelva a tener.



    .

    Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

    26 Feb 2013 22:29 #87363 por mpcweb2
    pepesoto, gracias por su consejo y opinion, tendremos especial cuidado en la operacion de los espacios de trabajo y evitar accidentes de trabajo.

    saludos

    Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

    Moderadores: Daniel_GtzLuis
    Tiempo de carga de la página: 0.281 segundos

    ¿Quién está en línea?

    Hay 312 invitados y ningún miembro en línea