Hola buenos dias, tengo una duda ya que tengo el siguiente caso de un trabajador que sufrio un rieesgo de trabajoen 2010.
Este trabajador sufrio un riesgo de trabajo el cual ya se lo dictaminaron atravez del ST-3, el trabajador va a tramitar su pension por riesgo de trabajo, miduda esta en que momento debo darlo de baja ante el IMSS, me comentaban que la baja procede despues de que se pensiono el trabajador pero tambien me dicen que lo debo dar de baja a partir de que me entregaron el ST-3.
Entonces en que fecha debo darlo de baja?
Continuando con este mismo caso, por situacioones ajenas a mi ya que soy reciente en la empresa, este trabajador no se tenia el ST-3, se creia que su caso o riesgo de trabajo no estaba terminado por no haber traido el ST-3, por lo tanto en la declaracion de la prima de riesgo de trabajo del ejercicio 2012, no se incluyo, y el dia de ayer trajo el ST-3 con fecha de 2012, por tal situcion considero que dicho caso de riesgo de trabajo debio considerarse en 2012.