Mis preguntas van relacionadas con la enfermedad del cáncer (cualquier tipo de cáncer).
1. ¿Es considerada como enfermedad general?
2. En caso de ser enfermedad general, ¿Es posible obtener incapacidad permanente? ¿Cuál sería el porcentaje máximo que podría alcanzar el enfermo? ¿Y hasta por cuanto tiempo?
Buen día
Si la enfermedad no fue ocasionada por el tipo de trabajo o por el tiempo que estuvo en el trabajo y se lo haya ocasionado se considera enfermedad general
Y si fue derivado de la acción continuada de una causa que tenga su origen o motivo en el trabajo se considera riesgo de trabajo
Art 475 LFT
Si es enfermedad general dependerá de la Institución medica que lo valorice y le asigne la incapacidad permanente o temporal si es temporal se le dará incapacidad por cierto periodo hasta que la institución medica le de la resolución
Art 61 LSS