no comprendo bien tu pregunta, uno como patron tiene la obligacion de llevar un registro de todos los trabajadores que hayan tenido un riesgo de trabajo, y el instituto tambien tiene su propio registro, si te hace falta algun documento lo puedes solicitar mediante un escrito dirigido a la clinica donde se atendio el empleado, y ellos proporcionaran la informacion, pero no te entregan la informacion en ese momento, es algo tardado, y hasta donde yo se no hay un fundamento legal que indique que este obligado.