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Nadxi escribió: Hola!
tengo una duda respecto al dictamen que se tiene que presentar del IMSS
La Ley del IMSS marca en su articulo 16
Artículo 16. Los patrones que de conformidad con el reglamento cuenten con un promedio anual de
trescientos o más trabajadores en el ejercicio fiscal inmediato anterior, están obligados a dictaminar el
cumplimiento de sus obligaciones ante el Instituto por contador público autorizado, en los términos que se
señalen en el reglamento que al efecto emita el Ejecutivo Federal.
Mi duda es, como patron tengo 2 registros patronales para la misma razon social, ¿se presenta un dictamen por cada registro? o es un dictamen por los dos registros en total, esto viene a que los dos registros por separado no llegan a los 300 empleados, pero juntos si llegan los 300, ¿estamos obligados?
saludos!
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