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    CARTA DE AUTORIZACION PERMANENTE IMSS

    05 Mar 2014 10:59 - 05 Mar 2014 11:11 #94156 por Ralph7
    Buen día,

    Espero alguién me pueda ayudar, desconozco si ya alguien habia hecho preguntas sobre este tema en el foro.

    Tengo un empleado el cual me solicita una carta de autorizacion permamente para que den atención médica a sus padres. Sus padres ya estan asegurados por parte de él. El registro patronal de la empresa esta en Monterrey, sus papás viven en Zacates. El empleado labora en Monterrey. Sus padres fueron a consultan y les dijeron que no podian atenderlos que necesitan una carta de autorización permamente. Mis dudas son las siguientes:

    ¿Si presentó la autorización permamente en el IDSE tendre que pagar una cuota patronal adicional?

    Entiendo que si el empleado se da de baja tendría que presentar la suspención de la autorización permamente. ¿Esta se puede presentar en el IDSE?

    para finalizar básicamente lo que quiero saber son las implicaciones y obligaciones que tendría al realizar este proceso. Y si me estoy metiendo en algún lío ya que el empleado seguira laborando en Monterrey.

    Muchas gracias de antemano.

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    05 Mar 2014 11:15 - 05 Mar 2014 11:16 #94158 por julian_d_rdz
    que tal yo las presento en el idse y no he tenido problema lo que te pide es la direccion a donde se va a dar la atencion medica . saludos

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    22 Dic 2014 01:39 - 22 Dic 2014 01:44 #99820 por enrique9727
    Hola buenas noches Ralf:

    1.- Pudiera contestar ¿por qué razón, el hijo ha de dar a sus padres, seguridad social? Es sabido que son sus padres, pero cuál es la razón adicional. ¿Los padres no tienen pensiones, no trabajaron antes?

    2.- Otro detalle el hijo seguramente vive en Monterrey y ahí también trabaja.

    3.- No le argumento que no pudiera darlos de alta, si se demuestra de la dependencia económica de los padres para con el hijo, es factible el aseguramiento. Y si vivieran juntos los 3 mejor. Si ya tiene familiar propia este hijo, le resultara más difícil la comprobación de la dependencia económica, pues si cuenta con hijos a su vez y esposa, ellos son sus familiares a lo que ahora procuraría el bienestar. Si hay cuentas bancarias en favor de los padres para ayuda de su sostenimiento pudiera apoyar su evidencia de la dependencia económica. Aun viviendo por separado, pudiera darse el aseguramiento, incluso con la familia propia, pero si se complica mas hacerlo ver y demostrarlo ante las autoridades.

    4.- No hay costo adicionales por tener ya sea a hijos, esposa como beneficiarios del Seguro, pero de no estar ellos, son los padres que figuran como beneficiarios. Se inscriben las personas dependientes económicamente y que además tienen un parentesco civil (adopciones o matrimonio) o por afinidad (de sangre, de nacimiento), las actas correspondientes se comprobarían estas relaciones.

    5.- En el caso de los padres, por lo general acuden trabajadores sociales de la institución a ratificar la dependencia económica, pudieran acudir con vecinos, a la vivienda. Posiblemente se entrevisten con el trabajador afiliado, le preguntaran por la casa en que viven sus padres, si no dejan convincentes al entrevistador, le negara el trámite de afiliación de los beneficiarios

    6.- La carta que comenta sirve para darle servicio y autorización en una plaza distinta a la del domicilio del trabajador a los padres. Ya que hijo está en Monterrey y sus padres en Zacatecas. Creo que esta carta dependera mucho de la comprobacion de la dependencia economica de los padres para con el hijo para que se la concedan

    7.- Pero, ¿No tiene familia propia el trabajador?

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