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    aviso de suspensión de descuentos

    09 Jul 2014 14:10 #96788 por fagar
    buenas tardes a todos, tengo una duda... consulta la EBA del 3er bimestre y un trabajador que cuenta con credito de infonavit y su factor de descuento era en VSM, la amortización me aparece en "0" ceros.
    Ingrese al portal empresarial de INFONAVIT, en consulta de trabajadores con credito y seleccione a dicho trabajador me aparece un aviso de suspensión de descuentos fechado el 13 de junio de 2014.
    En nuestra empresa se paga de manera quincenal y ya se le hicieron las retenciones correspondientes a la amortización del créditos por el bimestre mayo-junio 2014.


    Mi duda es como pago la emisión d edicho bimestre como me lo sugiere el INFONAVIT en "0" ceros y devuelvo al trabajador las cantidades retenidas, o pago lo que le retuve al trabajador (todo el bimestre mayo-junio)

    saludos espero su respuesta

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    09 Jul 2014 15:24 #96790 por Daniel_Gtz
    Respuesta de Daniel_Gtz sobre el tema aviso de suspensión de descuentos

    fagar escribió: buenas tardes a todos, tengo una duda... consulta la EBA del 3er bimestre y un trabajador que cuenta con credito de infonavit y su factor de descuento era en VSM, la amortización me aparece en "0" ceros.
    Ingrese al portal empresarial de INFONAVIT, en consulta de trabajadores con credito y seleccione a dicho trabajador me aparece un aviso de suspensión de descuentos fechado el 13 de junio de 2014.
    En nuestra empresa se paga de manera quincenal y ya se le hicieron las retenciones correspondientes a la amortización del créditos por el bimestre mayo-junio 2014.


    Mi duda es como pago la emisión d edicho bimestre como me lo sugiere el INFONAVIT en "0" ceros y devuelvo al trabajador las cantidades retenidas, o pago lo que le retuve al trabajador (todo el bimestre mayo-junio)

    saludos espero su respuesta


    Hola...

    El aviso de suspensión indica las instrucciones a seguir...

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    18 Jul 2014 13:14 #97084 por ByPaco
    Respuesta de ByPaco sobre el tema aviso de suspensión de descuentos
    fagar:

    Verifica la fecha, a partir de cuando aplica la suspensión, ya que teniendo fecha de 13 Jun 2014, en el 3er Bim. debe aparecer el importe proporcional.

    En el SUA se captura el aviso con la fecha de aplicación, si hubiera una diferencia entre lo que se descuenta y lo que se paga, se le cobra o devuelve (según sea el caso) al trabajador por parte del patrón, si alguna diferencia ya se ha pagado, el acreditado deberá acudir a las oficinas del INFONAVIT a solicitar la devolución.

    Saludos.

    « Antes de que los reinos cambien, los hombres deberán cambiar »

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    02 Sep 2014 14:17 #98048 por CHEZARE
    Respuesta de CHEZARE sobre el tema aviso de suspensión de descuentos
    En el caso de aviso de suspensión no aplica pagar la parte proporcional, si tiene fecha de 13 de junio, no le dejaras de descontar a partir de esa fecha. Como lo indica Daniel, el aviso te dice lo que debes hacer, debes devolverle al trabajador lo retenido y no enterado(pagado al infonavit) si tomamos en cuenta que el pago es bimestral tu le has retenido las dos quincenas de mayo y seguramente una o dos quincenas de junio por lo que deberas devolverle lo retenido desde la primera quincena de mayo que es lo que aun no le has pagado al infonavit y en el SUA meteras la suspension de descuento con fecha 30 de abril para que ya no te aparezca a descontar en el bimestre de mayo-junio

    Saludos.

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    02 Sep 2014 15:35 #98054 por fagar
    Respuesta de fagar sobre el tema aviso de suspensión de descuentos
    gracias a todos por sus respuestas

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    05 Dic 2014 15:37 #99576 por enrique9727
    Respuesta de enrique9727 sobre el tema aviso de suspensión de descuentos
    Salvo lo que exprese el aviso de suspensión referido. La suspensión operara a partir del día siguiente a que lo descargaron, como sucede con las notificaciones. Es la fecha en que recibieron el aviso y su conocimiento. Si bien indica una fecha de autorización, no considero apropiado aplicarlo de manera retroactiva. Así que si cubriría el bimestre completo y el subsecuente regresar las retenciones realizadas

    De cualquier manera debe quedar ahí un saldo a favor, que lo reclame el trabajador. De la orden apenas se acaban de dar cuenta. Como aplicarla antes de su autorización o exactamente el día en que la autorizan.

    El patrón debe tan solo dar cumplimiento a retener y pagarlas, no en "ayudar al trabajador" no es labor del patrón.
    El siguiente usuario dijo gracias: fagar

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