Podrian apoyar en este caso si se deben o no pagar las amortizaciones este es el caso
16 sep.2015 se contrata al trabajador
en la liquidacion del 5to bim 2015 viene amortizacion
la cual no se realizo al empleado ya que se desconocia y en base al articulo 44 del reglamento del infonavit
se le estaria reteniendo a partir del dia 01 de nov.2015 y lo que biene en el sipare podria ser
defendible por posibles diferencias que detecte el infonavit en el futuro o que me aconsejan realizar se los agredeceria
En efecto si el trabajador ingreso en el 5 tto bimestre no pagarias por el credito en ese bimestre por que la emision shace las veces de aviso de retencion para el 6 to bimestre deberias empezar a retenerle y pagar en Enero 2016.