Persona Moral. Realizó un cambio de domicilio tanto fiscal como de centro de trabajo (es el mismo). No aceptaron el cambio de domicilio, ya que si bien es en la misma entidad, se cambió a un domicilio diferente al que estaba. Me dicen que lo correcto es abrir un nuevo Registro patronal, el cual se acaba de generar ya está listo. Mi duda es el siguiente paso, si se dan de baja a los empleados del registro patronal anterior y se dan de alta en el nuevo registro...pero mi duda es, en caso de un riesgo de trabajo o incapacidad, como están en un nuevo registro patronal, al menos las primeras cuatro semanas no procederían al menos las incapacidades. Qué procede en éste caso? ya que la gente, completa la plantilla se está llendo al nuevo domicilio