Buenas tardes, antes que nada, Feliz Año Nuevo a toda la comunidad, mi duda es la siguiente
El año pasado salio en las reformas a los art. 29, 29a, 29b...se publico de que a partir del 1 de enero de 2012 ya no podrán expedir comprobantes con CBB por operaciones menores a $2,000, todos aquello contribuyentes mayores a los 4 millones.
Ahora bien, en las RMF para 2012 que se publico el 28 de diciembre me dice que de enero a junio será válido expedir comprobantes con CBB por operaciones menores a $2,000.00, en una interpretación al transitorio.
Si aplica el transitorio, puedo expedir comprobantes CBB menos a $ 2,000 si soy contribuyentes con operaciones mayores a los 4 millones hasta el 30 de junio.