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    Pgo Vac. y Prima Vac. en Contpaq i Nomina

    27 Ago 2012 17:58 #83386 por jcarloshrojas@hotmail.com
    Muy buenas y excelentes tardes... a ver si alguien fuera tan amable en ayudarme.. Resulta que estoy encargado de nóminas en la empresa la cual se dedica a la construcción, como política tiene establecido pagar a sus trabajadores de obra, la parte proporcional del aguinaldo, vacaciones y prima vacacional de forma semanal. Ahora acabamos de comprar el programa de Contpaq i Nóminas, el problema es que no he podido configurar el sistema de tal forma que salga la cantidad correcta por dichos conceptos.

    Ejemplo: un trabajador que gana $ 200.00 diarios en mi nómina anterior la cual la elaboraba en excel su recibo quedaría de la siguiente manera.

    Sueldo $ 1,200.00
    Séptimo día 200.00
    Aguinlado 57.53 es decir (Sueldo diario por días de aguinaldo al año entre días del año * días del período)
    200 * 15 / 365 * 7 = 57.53
    Vacaciones 23.01 es decir (Sueldo diario por días de vacaciones según antigüedad entre días del año * días del período)
    200 * 6 / 365 * 7 = 23.01
    Prima Vacacional 5.75 (Sueldo diario por días de vacaciones según antigüedad entre días del año * días del período * 25% )
    200 * 6 / 365 * 7 = 23.01 * 25% = 5.75


    Total Percepciones $ 1,486.29


    Podría alguien decirme como configurar las fórmulas para que se obtengan dichos resultados de manera automática... Gracias!!!!

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    27 Ago 2012 18:07 #83388 por Daniel_Gtz
    Hola...

    La verdad, desconozco el programa de Contpaq i Nóminas, pero me surge una duda.... para el autor del tema.

    Es correcto pagar el Aguinaldo, las Vacaciones y la Prima Vacacional de esa forma????

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    27 Ago 2012 20:36 #83394 por lilya
    Si eso es lo que quieres hacer.. dentro del término CONCEPTOS en la pestaña principial, debes activar la casilla de "automático global"
    y deberás cambiar la fórmula dentro de la pestaña IMPORTE 1 e integrar ese salario como parte variable en la pestaña IMPORTE 3, toda vez que los 15 días de aguinaldo se pagan POR CADA AÑO... no proporcionales por trabajo semanal......Artículo 87 LFT
    Igual en el caso de las vacaciones....
    El primer año son SEIS DÍAS por AÑO LABORADO, de acuerdo a la ley federal del trabajo....Artículo 76 LFT

    Suerte!!!

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    28 Ago 2012 15:42 #83450 por jcarloshrojas@hotmail.com
    Muy buenas y excelentes mañanas... la verdad es que si bien es cierto que las percepciones que comento como es el aguinaldo, vacaciones y prima vacacional se pagan una vez cumplido el año o en su caso en diciembre (aguinaldo), al dedicarnos a la construcción y al saber que muchas de las obras son por períodos menores la política establecida en la empresa es pagarles anticipadamente estas percepciones y he de comentarles que ante un despacho de asesoría laboral ha sugerido tal proceso....
    Ahora bien Lilya, me gustaría si no fuera mucha la molestia me fueras indicando paso a paso el proceso que me sugieres ya que acabo de comprar el programa y pues lo desconozco ... Gracias!!!!

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