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    Informes sobre Asimilables a Salrios

    30 Sep 2011 10:13 #74956 por alamitos
    Hola que tal, estoy buscabdo un tema de Asimilables a Salarios en el cual se dan varios puntos de vista o varias formas de presentaión, lo encontre hace un par de días, pero como no estab registrado no pude acceder a el, ya lo busque bastante y no puedo encontrarlo, les agradeceria informarme en que apartado lo encuentro.

    Muchas Gracias, correo narn801112@live.com.mx

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    30 Sep 2011 10:36 #74959 por ramiro9
    Hola bienvenido a casa
    Sera este el topico que andas buscando


    Advertencia: Spoiler!

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    30 Sep 2011 15:42 #74967 por alamitos
    Efectivamente es o que estaba buscando, se te agradece enormente la ayuda

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    02 Dic 2011 11:26 - 02 Dic 2011 14:51 #76666 por fiscalista 1
    Respuesta de fiscalista 1 sobre el tema Re: Informes sobre Asimilables a Salrios
    Algo más sobre asimilados.



    _____________, a _____de _______ de 2011.




    INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL
    DELEGACION REGIONAL ___________
    SUBDELEGACION __________
    AT’N: C.P. _______________
    Titular de la Subdelegación ___________.





    Juan Pérez Jolote, representante legal de “La Mexicana, S.A. de C.V. con Registro Patronal: ___-___-__-__”, personalidad que se acredita plenamente con el testimonio notarial que se acompaña, con domicilio fiscal para oír y recibir toda clase de notificaciones en, callejón del zapo sin salida, entre la calle del niño verde y la calle el copetón, colonia la inseguridad, c.p. ___, en _____________, ______, respetuosamente expongo lo siguiente:

    Que con fecha ___ de noviembre se recibió oficio número _______________- fechado __ de ___________ de 2011 el cual se transcribe en parte:


    [img][IMG]http://i12.photobucket.com/albums/a232/ramiro9/asimilados.jpg[/img]















    Se niega lisa y llanamente que exista subordinación entre mi representada y el c.p.__________- por lo siguiente, no tiene un horario de trabajo, no recibe o acata órdenes, tampoco está en todo momento a la disposición permanente de mi mando para que realice su trabajo, ya que su servicio lo presta cuando es requerido por nuestro personal para hacer mejoras o actualizaciones de nuestros sistemas computacionales, así mismo se niega totalmente la aseveración que esa H. autoridad hace al señalar que dicha persona recibe gratificaciones extraordinarias es totalmente falso y negativo ya que si lel c.p.___________-- hace trabajos adicionales en ese caso nos cobra un honorario adicional; por todo lo anterior esa H. Autoridad podrá darse cuenta que no funda su argumento de acuerdo a lo exigido por el Artículo 16 de la Constitución Política ya que únicamente se concreta en argumentar la existencia de la relación de trabajo al decir que:

    Los pagos se entregan por períodos quincenales y además del sueldo percibido el c.p.__________ recibe gratificaciones extraordinarias, dentro del mismo ejercicio fiscal mencionado con anterioridad.

    Tampoco funda correctamente la condición de un servicio remunerado, personal y subordinado que exige el Artículo 12 de la Ley del Seguro Social para efectos de aseguramiento obligatorio, tal como pretende ese H. Autoridad, Artículos:

    ARTICULO 20. Se entiende por relación de trabajo, cualquiera que sea el acto que le dé origen, la prestación de un trabajo personal subordinado a una persona, mediante el pago de un salario.(Lo subrayado es mio).

    De la misma manera la Ley del Seguro Social en su Artículo 12 señala lo siguiente:

    Artículo 12. Son sujetos de aseguramiento del régimen obligatorio:
    I.-Las personas que de conformidad con los artículos 20 y 21 de la Ley Federal del Trabajo, presten, en forma permanente o eventual, a otras de carácter físico o moral o unidades económicas sin personalidad jurídica, un servicio remunerado, personal y subordinado, cualquiera que sea el acto que le dé origen y cualquiera que sea la personalidad jurídica o la naturaleza económica del patrón aun cuando éste, en virtud de alguna ley especial, esté exento del pago de contribuciones;

    Ya que para que exista la subordinación entre mi representada y el c.p._____________, y para que se den los supuestos señalados en los Artículos antes descritos y lo que pretende esa H. Autoridad, el c.p._______________ para la realización de su trabajo debería estar sujeto a lo siguiente, que tenga un horario de entrada o salida al trabajo, que reciba ordenes, que esté en todo momento a la disposición permanente de mi mando para que realice su trabajo, condiciones que no se cumplen.

    En apoyo a mi argumento de la no existencia de la subordinación sirve de apoyo los criterios sustentados en las siguientes Tesis que claramente señalan las condiciones o criterios jurídicos que deben prevalecer para que exista la subordinación entre patrón y trabajador, situación que no se cumple en el caso en concreto que se discute, por no existir las condiciones señaladas en los párrafos anteriores:

















    Por lo anterior me permito entregar lo siguiente:
    1.- Copia fotostática del ___________ de prestación de servicios del c.p._____________-.
    2.- Copia fotostática del oficio No. ____________________--.
    3.- Fotocopia certificada de los poderes notariales número __________.

    A T E N T AME N T E



    Juan Pérez Jolote

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    02 Dic 2011 14:55 - 02 Dic 2011 15:02 #76674 por ramiro9
    fiscalista 1 escribió:

    Algo más sobre asimilados.



    _____________, a _____de _______ de 2011.




    INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL
    DELEGACION REGIONAL ___________
    SUBDELEGACION __________
    AT’N: C.P. _______________
    Titular de la Subdelegación ___________.





    Juan Pérez Jolote, representante legal de “La Mexicana, S.A. de C.V. con Registro Patronal: ___-___-__-__”, personalidad que se acredita plenamente con el testimonio notarial que se acompaña, con domicilio fiscal para oír y recibir toda clase de notificaciones en, callejón del zapo sin salida, entre la calle del niño verde y la calle el copetón, colonia la inseguridad, c.p. ___, en _____________, ______, respetuosamente expongo lo siguiente:

    Que con fecha ___ de noviembre se recibió oficio número _______________- fechado __ de ___________ de 2011 el cual se transcribe en parte:


















    Se niega lisa y llanamente que exista subordinación entre mi representada y el c.p.__________- por lo siguiente, no tiene un horario de trabajo, no recibe o acata órdenes, tampoco está en todo momento a la disposición permanente de mi mando para que realice su trabajo, ya que su servicio lo presta cuando es requerido por nuestro personal para hacer mejoras o actualizaciones de nuestros sistemas computacionales, así mismo se niega totalmente la aseveración que esa H. autoridad hace al señalar que dicha persona recibe gratificaciones extraordinarias es totalmente falso y negativo ya que si lel c.p.___________-- hace trabajos adicionales en ese caso nos cobra un honorario adicional; por todo lo anterior esa H. Autoridad podrá darse cuenta que no funda su argumento de acuerdo a lo exigido por el Artículo 16 de la Constitución Política ya que únicamente se concreta en argumentar la existencia de la relación de trabajo al decir que:

    Los pagos se entregan por períodos quincenales y además del sueldo percibido el c.p.__________ recibe gratificaciones extraordinarias, dentro del mismo ejercicio fiscal mencionado con anterioridad.

    Tampoco funda correctamente la condición de un servicio remunerado, personal y subordinado que exige el Artículo 12 de la Ley del Seguro Social para efectos de aseguramiento obligatorio, tal como pretende ese H. Autoridad, Artículos:

    ARTICULO 20. Se entiende por relación de trabajo, cualquiera que sea el acto que le dé origen, la prestación de un trabajo personal subordinado a una persona, mediante el pago de un salario.(Lo subrayado es mio).

    De la misma manera la Ley del Seguro Social en su Artículo 12 señala lo siguiente:

    Artículo 12. Son sujetos de aseguramiento del régimen obligatorio:
    I.-Las personas que de conformidad con los artículos 20 y 21 de la Ley Federal del Trabajo, presten, en forma permanente o eventual, a otras de carácter físico o moral o unidades económicas sin personalidad jurídica, un servicio remunerado, personal y subordinado, cualquiera que sea el acto que le dé origen y cualquiera que sea la personalidad jurídica o la naturaleza económica del patrón aun cuando éste, en virtud de alguna ley especial, esté exento del pago de contribuciones;

    Ya que para que exista la subordinación entre mi representada y el c.p._____________, y para que se den los supuestos señalados en los Artículos antes descritos y lo que pretende esa H. Autoridad, el c.p._______________ para la realización de su trabajo debería estar sujeto a lo siguiente, que tenga un horario de entrada o salida al trabajo, que reciba ordenes, que esté en todo momento a la disposición permanente de mi mando para que realice su trabajo, condiciones que no se cumplen.

    En apoyo a mi argumento de la no existencia de la subordinación sirve de apoyo los criterios sustentados en las siguientes Tesis que claramente señalan las condiciones o criterios jurídicos que deben prevalecer para que exista la subordinación entre patrón y trabajador, situación que no se cumple en el caso en concreto que se discute, por no existir las condiciones señaladas en los párrafos anteriores:

















    Por lo anterior me permito entregar lo siguiente:
    1.- Copia fotostática del ___________ de prestación de servicios del c.p._____________-.
    2.- Copia fotostática del oficio No. ____________________--.
    3.- Fotocopia certificada de los poderes notariales número __________.

    A T E N T AME N T E



    Juan Pérez Jolote

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    02 Dic 2011 23:35 #76678 por Contribuyente
    Hola Ramiro9.

    Veo tu inserción de lo que dijo fiscalista1, pero no veo tu comentario.

    Saludos.

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