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POR ABANDONO DE EMPLEO DEBE ENTENDERSE LA CIRCUNSTANCIA DE QUE EL TRABAJADOR, INJUSTIFICADAMENTE, SIN EXPLICACION ALGUNA Y POR UN PERIODO MAS O MENOS LARGO DE TIEMPO, ABANDONE EL TRABAJO, CON MANIFIESTA Y OSTENSIBLE INTENCION DE NO REGRESAR A EL; PERO EN MANERA ALGUNA LA CIRCUNSTANCIA DE QUE, POR UNA SOLA VEZ Y EN DIA DETERMINADO, SE NIEGUE EL TRABAJADOR A REALIZAR UN TRABAJO, AUN CUANDO SEA PARA EL CUAL EXPRESAMENTE FUE CONTRATADO, PUES ELLO IMPLICARIA TAN SOLO, UNA RENUENCIA JUSTA O INJUSTA PARA LA VERIFICACION DE TAL SERVICIO.
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