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    × Dudas de escuela y estudiantes

    GASTOS DEDUCIBLES PF ACTS. EMP Y PROF

    20 May 2012 14:46 #81095 por RUDY AG
    GENERALMENTE CUALES SON LOS GASTOS DEDUCIBLES DE UNA PERSONA FISICA REGIMEN DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES Y PROFESIONALES. ESTA PERSONA PERCIBE INGRESOS A TRAVES DE RECIBOS DE HONORARIOS COMO SE DETALLA A CONTINUACION:
    IMPORTE $
    IVA$
    SUBTOTAL$
    RET. 10% $
    RET IVA $
    NETO.

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    20 May 2012 16:41 #81098 por LOBOZAC
    Generalmente son LOS ESTRICTAMENTE NECESARIOS
    El siguiente usuario dijo gracias: RUDY AG

    Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

    21 May 2012 23:50 #81127 por RUDY AG
    Respuesta de RUDY AG sobre el tema GRACIAS
    GRACIAS, BUENA RESPUESTA...

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    22 May 2012 11:52 #81138 por calpixqui
    Buen día

    Las deducciones autorizadas (gastos deducibles) son los que hayan sido efectivamente erogados (pagados) en el periodo (mes) de que se trate. Se consideran efectivamente erogadas cuando el pago se realice en efectivo, cheque, mediante traspasos electronicos de fondos, en servicios o en otros bienes que no sean títulos de crédito.
    Que sean estrictamente indispensables para la obtención de los ingresos por honorarios.
    Tener desglosado el IVA, es decir que haya sido trasladado expresamente y conste por separado en el comprobante respectivo.

    A su ves, para que estos gastos sean "deducibles", deben de reunir de ciertos requisitos, los cuales dependiendo del tipo de comprobante fiscal se clasifican en:

    Facturas Electrónicas (CFDI) Comprobantes Fiscales Digitales a través de Internet y comprobantes fiscales impresos con código de barras.

    Los requisitos de los primeros los encuentras en el siguiente link:
    www.sat.gob.mx/sitio_internet/asistencia...scales/66_19090.html

    Los requisitos de los segundos aqui:
    ftp://ftp2.sat.gob.mx/asistencia_servici...GuiaEmisionCFCBB.pdf


    Fundamentos:
    Articulos 124, 125 y 31, fracciones III, IV, V, VI, VII, XI, XII, XIV, XV, XVIII, XIX, XX y XXIII de la LISR.
    Articulo 5 LIVA.
    Articulo 5 LIETU.
    Articulo 29-A del CFF.

    Ahora bien, como ejemplo, supongamos que la actividad de honorarios que desempeña es el de "servicios contables" :woohoo:
    ¿Cuales seria sus deducciones? :dry:

    1. Gastos de papeleria y articulos de oficina.
    2. Compra de consumibles (cartuchos, toner, etc.)
    3. Pago de renta de la oficina o despacho.
    4. Pago de sueldo de la secretaria.
    5. Pago de impuestos locales.
    6. Pago de telefonía local.
    7. Pago de telefonía movil.
    8. Pago de luz.
    9. Pago de cursos y talleres.
    10. Pago de mensajeria y paqueteria.
    11. Pago de gasolina.
    12. Deduccion de inversiones (depreciacion fiscal)
    13. Compra de una computadora.
    14. Compra de un sofware contable.
    15. Compra de libros y revistas fiscales o contables.
    16. Pagos y compras.......................................

    Para pronto, son deducibles (en este caso y cumpliendo los requisitos que marcan las leyes fiscales) todos los gastos inherentes a la actividad que se lleve a cabo (honorarios).

    Espero te sirva la informacion y cualquier duda, pues aqui en el foro hay exelentes contadoras y contadores que te pueden ayudar.

    SALUDOS Y HECHELE GANAS MI BUEN RUDY AG. ;)

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