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    × Dudas de escuela y estudiantes

    Propinas

    15 Ene 2015 12:40 #100224 por ERIIICK
    Propinas Publicado por ERIIICK
    Buenas tardes, soy estudiante de la carrera de contaduría, y laboro en una empresa como auxiliar contable, tengo la sig duda sobre el tratamiento de las propinas.

    mi pregunta es si las propinas se les debe de aplicar alguna retención de isr.

    el otro día platique con un contador y me dijo que las propinas se les tiene que hacer retención de isr, pero como ambos llevábamos prisa no pude platicar mas y preguntarle el fundamento eh estado buscando, pero no encuentro ningún fundamento, solamente encontré unos artículos en la ley federal del trabajo donde dice que las propinas forman parte del salario, si es así entonces si ahí que aplicarle sus deducciones, o no ?

    Me surgió esta duda por que la empresa donde trabajo es una persona moral, pero en su inscripción al rfc esta sin trabajadores. en la empresa se tienen dos giros, rentas de autos y servicio de restaurante, si hay trabajadores pero se manejan con una pagadora, entonces supuesta mente la empresa no tiene trabajadores pero aveces se realizan eventos y en las facturas que generamos se pone consumo y propinas, y muchas veces, es una cantidad algo significativa las propinas, entonces en mi punto de vista esta mal manejado, por que si no tenemos trabajadores entonces las propinas se deberían de considerar como un ingreso o si retenemos esas propinas a quien se las damos si no tenemos trabajadores ?

    agradezco sus comentarios y si tienen algún fundamento se los agradeceré.


    saludos

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    15 Ene 2015 14:00 #100227 por ERIIICK
    Respuesta de ERIIICK sobre el tema Propinas
    Encontré esto, lo que no se es como saber si sigue vigente este criterio del sat ya que fue publicado en 2007, agradezco su apoyo


    1. Conforme a lo dispuesto por el artículo 346 de la Ley Federal del Trabajo, las propinas que perciban los trabajadores en hoteles, restaurantes, bares y otros establecimientos análogos, son parte de su salario.

    2. Para efectos del ISR, y según criterio del SAT 60/2007/ISR Propinas. Constituyen un ingreso para el trabajador. En atención a lo dispuesto por el artículo 346 de la LFT, las propinas, deben ser consideradas por el empleador para efectuar el cálculo y retención del ISR que resulte a cargo del trabajador, en los términos del artículo 113 de la LISR.

    4. Para efectos del ISR, las propinas no son deducibles para cualquiera de las partes.

    5. Para efectos de IVA, las propinas son un ingreso no objeto y aún en el caso de que la propina se incluya en los comprobantes fiscales expedidos, no se gravará con el IVA.

    6. Las propinas forman parte del salario para los efectos del cálculo de las aportaciones al Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda de los Trabajadores.

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    15 Ene 2015 17:11 #100228 por CPHugoocejo
    Respuesta de CPHugoocejo sobre el tema Propinas
    Eriiick


    Creo esto puede ser de utilidad...

    lnkd.in/XgZxam

    saludos
    El siguiente usuario dijo gracias: ERIIICK

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